El Congreso ha aprobado la convalidación del Real Decreto-ley 1/2020 en materia de revalorización y mantenimiento de las pensiones

El Pleno convalida el real decreto-ley por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones de la Seguridad Social

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Este real decreto-ley, con efectos desde el 1 de enero de 2020, establece el incremento del 0,9% para las pensiones, en su modalidad contributiva y no contributiva, y otras prestaciones abonadas por la Seguridad Social. Por otro lado, contempla la garantía de mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones en caso de que la inflación en 2020 sea superior al incremento previsto del 0,9%.

Pensionista-jubilada

Este real decreto-ley establece como excepciones aquellas pensiones que excedan el límite mensual de percepción; las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo ya reguladas por su propia legislación; las pensiones recibidas por los Camineros del Estado anteriores al 1 de enero de 1985; las pensiones del extinguido SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) cuando concurran con otra pensión; las pensiones de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado que a 31 de diciembre de 2020 hubieran alcanzado las cuantías correspondientes al 31 de diciembre de 1973; y las pensiones de las Mutualidades, Montepíos o Entidades de Previsión Social referidas en el artículo 40 de la Ley de Presupuestos Generales de 2018.

El debate ha arrancado con la intervención del ministro de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, José Luis Escrivá Belmonte, que ha defendido la necesidad de este real decreto-ley, que tras su votación, ha sido convalidado con 289 votos a favor y 49 abstenciones.