Publicada en el BOE la Ley 1/2025, de 1 de abril

Prevención de pérdidas y desperdicio de alimentos

Noticia

Esta Ley tiene como finalidad establecer un marco normativo integral que permita prevenir y reducir las pérdidas y el desperdicio alimentario en todas las fases de la cadena agroalimentaria, desde la producción hasta el consumo, en consonancia con los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Desperdicio alimentos

Finalidad de la norma

Su promulgación responde a la insuficiencia de medidas de concienciación y a la necesidad de realizar una transformación estructural del sistema alimentario actual, incorporando criterios de eficiencia, sostenibilidad y solidaridad.

La norma busca promover una bioeconomía circular, garantizar la seguridad alimentaria, fomentar la donación y redistribución de alimentos no comercializados, y favorecer la participación activa de todos los agentes de la sociedad —Administraciones públicas, empresas, tercer sector y ciudadanía— en la lucha contra el desperdicio alimentario​.

Cómo se estructura

La Ley se estructura en 23 artículos agrupados en 6 capítulos, y recoge los siguientes aspectos esenciales:

  • Objeto: Prevenir y reducir las pérdidas y desperdicio de alimentos en todos los eslabones de la cadena agroalimentaria (producción, transformación, distribución, hostelería, restauración y hogares), estableciendo una jerarquía de prioridades para su gestión​.
  • Principios rectores: Uso eficiente de recursos, fomento de la donación, trazabilidad y colaboración institucional.
  • Exclusiones: No se aplicará a actividades reguladas por medidas de gestión de crisis del ámbito comunitario (ej. Programa POSEI o retiradas del sector hortofrutícola)​.
  • Estrategias de actuación:
    • Medición y cuantificación de residuos alimentarios con base en metodologías europeas.
    • Apoyo económico a entidades sociales encargadas de la logística de redistribución.
    • Promoción de campañas de sensibilización y formación a agentes del sistema alimentario y a consumidores​.
  • Régimen sancionador:
    • Infracciones leves: hasta 2.000 €.
    • Infracciones graves: entre 2.001 y 60.000 €.
    • Infracciones muy graves: entre 60.001 y 500.000 €.
    • Plazos de prescripción: 6 meses, 1 año y 2 años, respectivamente​.
  • Medidas complementarias:
    • Ayudas excepcionales al sector del olivar y el viñedo por impacto de costes y sequía (370 millones de euros).
    • Reformas legales en la Ley de Modernización de Explotaciones Agrarias y en el Catálogo de Especies Amenazadas (modificación relativa al lobo ibérico en el sur del Duero)​.

Cuando entra en vigor

La Ley ha entrado en vigor el 2 de enero de 2025, salvo determinadas disposiciones (adicional sexta, derogatoria y finales primera, segunda y séptima a décima) que entran en vigor al día siguiente de su publicación. Además, las medidas obligatorias del artículo 6 se aplicarán transcurrido un año desde su publicación en el BOE, es decir, el 2 de abril de 2026​.