La sentencia relata acreditado que, como proveedora de una empresa, otra mercantil proveedora envió el 29 de noviembre de 2022 una factura proforma de 20.000 euros por correo electrónico. La acusada interceptó el mensaje y suplantó la identidad de la mercantil enviando al día siguiente un correo idéntico con el mismo importe, pero modificando el número de cuenta de destino. Creyendo obrar de buena fe, el administrador de la empresa cliente realizó la transferencia de 20.000 euros a la cuenta falsa el 1 de diciembre, dinero que fue recibido y dispuesto por la acusada.
Los magistrados consideran probado que la acusada conocía los movimientos de su cuenta, dado que utilizaba la banca electrónica y se registraron múltiples operaciones (15 en total, incluyendo un ingreso de 20.000 euros). Por ello, al haber facilitado su cuenta y dispuesto de parte de los fondos fraudulentos, concluyen que su actuación fue clave, condenándola como cooperadora necesaria del delito de estafa.