CIVIL

¿Qué consecuencias tiene el uso de software sin licencia en la empresa?

Tribuna

Los programas de ordenador (protegidos por la vigente normativa sobre Propiedad Intelectual) son una de las principales herramientas de trabajo de las empresas, independientemente del tamaño o sector, y han contribuido de forma decisiva en el aumento de la productividad empresarial, así como de las oportunidades de desarollo de toda empresa. España se encuentra entre los países con más alto porcentaje de uso de software sin licencia de la Unión Europea. 45% es la cifra correspondiente al porcentaje de software instalado en los ordenadores de empresas españolas sin licencia en el año 2013 y cuyo valor comercial ascendió a los más de 758 millones de euros (según la Encuesta Global de Software realizada por IDC para BSA).

Es sabido que la creación de programas de ordenador requiere grandes esfuerzos creativos, de inversión y especialmente humanos. Por lo que, la comisión de actos ilícitos de piratería provoca grandes perjuicios a la economía española, que pasan en ocasiones desapercibidos ante los ojos de la mayor parte de los empresarios y de los consejos de administración. Utilizar  programas de ordenador de forma ilícita implica aprovecharse del trabajo realizado por otras empresas, con el único objeto de obtener un beneficio lucrativo de ello al menor coste. Curiosamente, las empresas que cometen este tipo de actos ilícitos, ostentan una 'falsa' apariencia de seguridad. Decimos 'falsa' ya que en la mayor parte de los casos estas actuaciones les terminan pasando factura.

Entramos a lo que verdaderamente importa: ¿qué consecuencias tiene el uso de software ilegal en la propia empresa?: supone problemas de seguridad (distribución de virus, troyanos, malware); puede provocar la resolución de un contrato de licitación; provocar dudas sobre la viabilidad de la empresa si se realiza una Due Diligence; denegación de concesión de créditos; denegación de subvenciones y ayudas; pérdida de la certificación de calidad ISO 9001 por la empresa; incremento en el riesgo de reclamación de clientes; alta posibilidad de que se tomen acciones legales civiles y penales contra la empresa, así como contra sus consejeros y directivos; exclusión de la cobertura del seguro de Responsabilidad Civil; riesgos contables y fiscales; afectación a la responsabilidad social corporativa y impacto reputacional de un registro judicial y de una eventual sentencia condenatoria.

Para reducir los riesgos anteriormente descritos, basta con  seguir unas directrices básicas con el objeto de asegurar que todo el software utilizado en su empresa dispone de las licencias correspondientes y por lo tanto es legal. Por ejemplo: sensibilización por parte de la Dirección de la empresa con la prevención de delitos contra la propiedad intelectual, instalación de herramientas informáticas que permitan detectar e impedir la instalación de programas no autorizados por la empresa y herramientas que permitan inventariar los activos de software instalados en los sistemas informáticos corporativos, establecimiento y difusión de políticas de uso corporativas de programas de ordenador asociadas a las politicas corporativas de uso de sistemas, entre otras soluciones.

El uso de software sin licencia impide la creación de puestos de empleo ya que imposibilita el crecimiento de las empresas desarrolladoras de software en nuestro país y la mejora de sus productos. Debido a ello, los fabricantes de software se han visto obligados a desarrollar nuevas soluciones para luchar contra la piratería.

Estas soluciones permiten a los fabricantes de software, como titular de los derechos de propiedad intelectual, solicitar: ante los tribunales de lo mercantil de medidas de aseguramiento de la prueba y/o medidas cautelares (registro judicial in audita parte, es decir, sin dar audiencia a la otra parte), el cese de la actividad ilícita (uso de software sin licencia), comprendiendo dicho cese la suspensión de la actividad de uso y reproducción no autorizada de los programas de ordenador que la empresa infractora está haciendo uso, y que se encuentran instalados o almacenados en los discos duros de los ordenadores, servidores y otros soportes informáticos de la empresa infractora, así como la solicitud de la correspondiente indemnización por daños materiales y morales.  Asimismo, por la vía de lo penal, la infracciónón de derechos de autor con ánimo de lucro puede ser castigada con la pena máxima de 2 años de prisión y hasta los 4 años si el beneficio económico obtenido es de especial trascendencia.

Por ende, y a modo de conclusión, la utilización de programas de ordenador en los sistemas informáticos de la empresa, sin la correspondiente licencia del fabricante, tiene un impacto negativo para la economía del país, el desarrollo de la sociedad y la innovación y en la propia empresa infractora.



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