
El Juzgado de lo Social nº 16 de Cataluña ha dado la razón a M.P.A., en su demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (I.N.S.S.), declarando a la parte actora en situación de Incapacidad Permanente por agravación. El demandante fue declarado en situación de incapacidad permanente en grado de total para la profesión habitual, derivada de enfermedad común, en una resolución de la Seguridad Social a fecha de 7 de noviembre de 2007.
La resolución estimatoria se fundamentaba en las patologías presentadas por el solicitante, que eran: "gonartrosis derecha post-traumática avanzada, y microdiscectomía L4-L5 pendiente de evolución", según ha informado Grupo Médico en un comunicado. Posteriormente, presentó solicitud de agravación el 11 de agosto de 2010, reconociendo las lesiones en el reconocimiento médico practicado de "prótesis de rodilla derecha, persistencia de gonalgia y limitación funcional, pendiente de recambio protésico, microdiscectomía de L4, L5, actualmente clínica de lumbalgias de características mecánicas, EMG dentro de la normalidad".
El I.N.S.S. dictó resolución el 23 de septiembre de 2010 denegando la revisión y desestimando posteriormente la reclamación previa, que agotaba la vía administrativa. Ante este hecho, el 10 de diciembre presentó el solicitante una demanda en el Juzgado de lo Social nº 16 de Cataluña. La sentencia de este juzgado da la razón a la parte demandante, declarando al actor en situación de Incapacidad Permanente Absoluta por agravación, con derecho a percibir una pensión de 1.636,38 euros mensuales.
El Grupo Médico Jurídico consigue así una nueva victoria en los juzgados frente a la Seguridad Social. Alejandro García, Director del departamento asesor del Grupo Médico Jurídico, ha declarado que esta sentencia pone de manifiesto el funcionamiento anómalo de nuestra Seguridad Social, y ha animado a los ciudadanos a reclamar sus derechos, porque es de justicia reclamar aquello que nos pertenece.

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