El titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, sin embargo, considera, basándose en las declaraciones de tres especialistas, que la prueba del pelo es irrelevante a la hora de controlar el consumo de drogas en los conductores, algo que solo se puede comprobar mediante pruebas de saliva y análisis de sangre, siendo esta última la más fiable. La prueba con cabello, según el fallo, tiene una utilidad diferente, pues “sirve para comprobar si una determinada persona es consumidora habitual de drogas, pero no permite constatar un consumo puntual, en un día aislado y determinado, si el sujeto no es toxicómano”.
En este caso, el conductor dio un resultado positivo en cannabis con la prueba del drogotest que utilizaron los agentes en el momento de la detención del vehículo y, según considera acreditado el juez, rechazó realizarse un contraanálisis de sangre. Una segunda muestra de saliva fue enviada a un laboratorio contratado por el Ministerio del Interior y arrojó un resultado positivo en cannabis y cocaína.
El juez, de esta forma, da respuesta en esta resolución a las dudas sobre la legalidad del sistema con el que funciona la Jefatura de Tráfico para analizar las muestras de saliva de los conductores en controles rutinarios sobre conducción con presencia de drogas en el organismo.
El magistrado recomienda en la resolución a la Dirección General de Tráfico que remita al laboratorio dos muestras de saliva, en lugar de una. De esta forma, asegura que se mejoraría el sistema, ya que los conductores podrían solicitar un segundo análisis de contraste al laboratorio y, por tanto, tendrían más garantías. El juez destaca que se trata de la principal prueba de cargo contra los infractores, pues el resultado del análisis de saliva se comunica cuando ya no es posible acudir a la prueba de contraste del análisis de sangre.