La sentencia estima parcialmente un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de un juzgado de lo Contencioso interpuesto por otra de las empresas que participó en el concurso y anula la adjudicación impugnada, para que de nuevo sean valoradas las ofertas abiertas y admitidas pero excluyendo criterios de valoración que no ha considerado que estén ajustado a derecho.
En este sentido, señala que algunos de los criterios de adjudicación detallados en el Informe Técnico de la Mesa, “para ser admisibles debieron haber sido incluidos junto a la ponderación en el Anuncio del PCAP, por lo que la generalidad e inconcreción de ambos criterios impugnados determinan la nulidad de la adjudicación al vulnerar los principios de igualdad, objetividad y transparencia”.
Así, indica que “la generalidad de los criterios ha supuesto una valoración arbitraria de las ofertas favoreciendo a un licitador en detrimento de los otros, por lo que procede anular el procedimiento de adjudicación para que se retrotraiga el procedimiento a la valoración de las ofertas abiertas y admitidas una vez excluidos los criterios de valoración genéricos por ser contrarios a derecho”.