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Los abogados no podrán enviar por fax al Tribunal Supremo escritos procesales

Noticia

Esta medida entró en vigor el pasado 1 de enero.

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Desde el 01 de enero de 2017 ni los abogados, ni los procuradores, ni los graduados sociales podrán enviar al número de fax habilitado los escritos procesales en relación con asuntos en trámite en el Tribunal Supremo.

Asi aparece publicado en el BOE del pasado viernes 30 de diciembre de 2016, en el que recoge el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS) del 29 de noviembre de 2016, relativo informe sobre la utilización del fax como vía recepción de escritos procesales, y que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 21 de diciembre de 2016, acordó hacer público.

Esta medida se ha adoptado en base a lo establecido en la Ley 42/2015 de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil así como en la Ley 18/2011 reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia y su reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2015 sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.