Según ha explicado el propio TEDH en una nota de prensa, este cambio se deriva del protocolo número 15 del Convenio de Derechos Humanos, un documento que ha sido firmado y ratificado por los 47 estados miembros del Consejo de Europa.
Este texto que modificó la Convención entró en vigor el 1 de agosto de 2021, pero contaba con un período de transición antes de que el cambio se hiciera efectivo. Ese plazo expirará el próximo 1 de febrero, fecha desde la cual los demandantes deberán adaptarse a la nueva legislación para que su solicitud no sea declara inadmisible.
Este plazo de cuatro meses para acudir a la Corte después de la decisión interna de los tribunales de cada país, según ha recordado el TEDH, es uno de los criterios de admisibilidad establecidos en el artículo 35 de la Convención de Derechos Humanos. "Si al menos uno de estos criterios no se cumple, la solicitud será declarada inadmisible, por lo que es imprescindible cumplir con todos los requisitos a la hora de presentar una solicitud", han apuntado.