Enmiendas aprobadas para la modificación de la Ley de Ciencia
La enmienda 109 modifica el artículo 27 para considerar personal de investigación al servicio del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación el personal investigador, el personal técnico y el personal de gestión. Y la 124 incorpora una disposición adicional nueva, para modificar el artículo 2.2 del Estatuto Básico del Empleado Público para que cuando se aplique dicho Estatuto al personal de investigación se puedan "dictar normas singulares para adecuarlo a sus peculiaridades".
Por su parte, la enmienda 59 limita la aplicación de la disposición adicional quinta del Real decreto Ley 32/2021, de medidas urgentes para la reforma laboral, cuando se trate de contratos de duración determinada en el sector público siempre que dichos contratos se encuentren asociados a la estricta ejecución de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y solo por el tiempo necesario para la ejecución de los citados proyectos.
Actualización de la Ley de Ciencia
Esta iniciativa, según explica en su exposición de motivos, actualiza la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación vigente a la vista de las tendencias nacionales e internacionales en el ámbito de la política científica y de la innovación, "incidiendo en aquellas cuestiones que han de ser modificadas para mejorar la competitividad del Sistema Español de Ciencia".
Para ello, el texto señala que se enfocará "en las carencias relativas a la carrera y
desarrollo profesional del personal investigador", abordará "la necesidad de actualizar la normativa reguladora de la transferencia de conocimiento y de resultados de la actividad investigadora" y "mejorará los mecanismos de gobernanza del Sistema y la
coordinación y colaboración entre agentes tanto públicos como privados".
Itinerario postdoctoral
Entre algunas de las medidas que propone está el diseño de un itinerario postdoctoral que ¿conduzca a la incorporación estable de investigadores e investigadoras al sistema y su desarrollo profesional posterior, y la introducción de una nueva modalidad contractual laboral indefinida vinculada al desarrollo de actividades científico-técnicas para todo tipo de personal de investigación".
Además, se prevé "la adopción de medidas para fomentar la investigación colaborativa entre centros de investigación públicos y privados, así como la participación de personal investigador al servicio de entidades privadas en proyectos de I+D+I desarrollados por centros de investigación públicos".
La iniciativa también busca que el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y del Plan Estatal de Innovación se refunde en un único Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación y se prevé introducir "medidas para facilitar tanto el procedimiento de concesión de ayudas como el de justificación por parte de los beneficiarios".
Medidas para la igualdad efectiva
Este proyecto de ley subraya que se responderá a las principales desigualdades de género que persisten en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación" con medidas para atraer el talento femenino a la investigación y la innovación, para garantizar entornos igualitarios, diversos e inclusivos.
Entre estas medidas, la norma recoge programas para apoyar el progreso de las mujeres en la carrera de investigación en condiciones de igualdad para evitar el abandono y para que puedan progresar en condiciones de igualdad con los hombres. Estos programas podrán incluir acciones de información, formación, asesoramiento, mentoría y visibilización, entre otras.
Asimismo, se establecen programas de fomento del emprendimiento innovador de las mujeres, a través de la financiación de proyectos empresariales basados en el conocimiento con equipos promotores o directivos compuestos mayoritariamente por mujeres y se impulsarán medidas para el fomento de la corresponsabilidad.