
Aunque la Comisión Permanente se ha reunido este mismo jueves, fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalan a Europa Press que aún es pronto para poder estudiar el fallo de Estrasburgo, por lo que han acordado abordarlo la próxima semana "para tener tiempo de estudiarlo en profundidad".
En una primera toma de contacto, fuentes del CGPJ consultadas por esta agencia de noticias coinciden en que manda dos mensajes claros: la constatación de que hay que renovar el Consejo y el reproche al Tribunal Constitucional (TC) por no argumentar suficientemente la inadmisión del recurso de amparo presentado por los seis aspirantes de la AJFV.
Coinciden además en que se trata de un fallo sin consecuencias prácticas, por cuanto en este momento las Cortes Generales están disueltas, lo que imposibilitaría materializar un eventual acuerdo para la renovación del CGPJ. A ello suman que, de fondo, continúa el debate sobre el sistema para elegir a los miembros del CGPJ, ya que el PP aboga por cambiarlo para que sean los propios jueces quienes designen a los doce vocales del turno judicial.
El TEDH ha concluido --en una votación que se ha resuelto con 4 votos a favor y 3 en contra-- que se ha violado el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que contempla el derecho a un proceso justo y/o al acceso a los tribunales.
Además, el tribunal europeo ha declarado que la decisión del Tribunal Constitucional de no admitir a trámite el recurso de los candidatos de AJFV vulneró su derecho de acceso a la Justicia.
Demanda presentada por el bloqueo en la renovación del Poder Judicial
Estrasburgo ha contestado así a la demanda presentada en octubre de 2021 por seis magistrados de la AFJV para denunciar el bloqueo en la renovación del CGPJ a causa de la inactividad del Congreso y el Senado.
Los seis miembros que presentaron la demanda pertenecen a la AJFV y fueron avalados por la asociación judicial en 2018 como candidatos para formar parte del CGPJ. Los firmantes alegaron ante Estrasburgo que eran "víctimas directas de la infracción de su derecho a acceder a cargo público y a la tutela judicial efectiva", lo que a su juicio representa una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Además, desde la AJFV indicaron que acudían al TEDH porque el Tribunal Constitucional no admitió a trámite el recurso de amparo presentado por esos seis magistrados "sin entrar en su contenido".

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