Se calcula que la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica afectan a una de cada tres de las 228 millones de mujeres de la UE. Al tipificar como delito determinadas formas de violencia contra las mujeres en toda la UE —incluidas las que ocurren en línea—, y reforzar el acceso de las víctimas a la justicia, la protección y el apoyo, la Directiva tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales de igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres.
Las nuevas normas contra la violencia de género prohíben la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y las formas más generalizadas de ciberviolencia, como la difusión no consentida de imágenes íntimas (incluidas las ultrafalsificaciones), el ciberacecho y el ciberacoso (también el «cyberflashing»). La ciberviolencia es una cuestión que debe abordarse urgentemente, dada la propagación exponencial y el dramático impacto de la violencia en línea. Las nuevas normas de la UE ayudarán a las víctimas de ciberviolencia en aquellos Estados miembros en los que aún no se han tipificado estos actos.
Věra Jourová, vicepresidenta de Valores y Transparencia, ha declarado: «Por primera vez, penalizamos la ciberviolencia de género, como la difusión no consentida de imágenes íntimas, incluidas las ultrafalsificaciones, que son una pesadilla para muchas mujeres. Esta violencia es a menudo la razón por la que las mujeres abandonan la vida pública. La violencia en línea es una violencia real y la violencia contra las mujeres es un problema constante».
Helena Dalli, comisaria de Igualdad, ha añadido: «La presente Directiva ofrece una respuesta exhaustiva a una cuestión generalizada. Aborda la prevención de la violencia de género, la protección y el apoyo a las víctimas y el castigo adecuado para los autores de estos delitos. Se trata de un paso importante hacia la erradicación de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica».
Los Estados miembros tienen hasta el 14 de junio de 2027 para transponer la Directiva a su Derecho nacional.