El organismo supervisor, presidido por Cani Fernández --asesora en el Gabinete de Presidencia de Pedro Sánchez en 2020-- defiende en su informe que no se han justificado varias decisiones incluidas en las modificaciones de la ley postal, que tendrá que ejecutar el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
El pasado 18 de junio se aprobó en el Congreso una reforma del régimen económico y fiscal canario, en la que se incluía una enmienda para modificar la ley postal y dar nuevas competencias a Correos para que pueda dejar atrás las pérdidas económicas.
La ley extendía hasta el 31 de diciembre de 2030 la designación de Correos como prestador del servicio postal universal (SPU); añadía a la lista de servicios a prestar los servicios financieros básicos, acceso a las administraciones públicas, prestación de servicios de emergencia y comunicaciones postales en el ámbito rural; nombraba a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) como responsable de calcular la contraprestación a Correos por todo ello, y segregaba en dos ámbitos --rural y urbano-- el servicio universal.
Nuevos servicios a prestar
En su respuesta, la CNMC aduce que la ley no justifica debidamente la instauración de los nuevos servicios a prestar, la designación directa de un operador concreto para prestarlos y la extensión de la designación de Correos como prestador del SPU.
También reclama que debería de ser la CNMC la autoridad que siga supervisando los servicios postales: "Pero se ha establecido que sean otras, que no cuentan con el estatus de independencia de la CNMC, las que propongan y determinen la compensación a percibir por el operador designado, salvo en la parte del ámbito urbano del actual SPU, que seguirá correspondiendo a la CNMC".
Además, indica que los ajustes en la metodología de cálculo del coste neto del SPU y la creación de los nuevos servicios postales tendrán como resultado un aumento notable de la compensación por la prestación del conjunto de servicios postales.