En ese sentido, se amplía en cuatro meses, desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre, el plazo de cobertura de las ayudas. Así, estas ayudas de carácter finalista podrán emplearse para el pago de deudas y costes fijos asumidos por las empresas desde marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.
Además, el Real Decreto-ley aclara que, dentro de las finalidades a las que se pueden destinar las ayudas, el concepto de costes fijos incurridos incluye las pérdidas contables generadas durante el período de cobertura. Así, los autónomos y empresas podrán destinar las ayudas a satisfacer deudas y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos, incluidas las pérdidas contables, siempre que se hayan generado en el plazo establecido y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2021).
Estas modificaciones permitirán a las comunidades autónomas que aún dispongan de parte de los recursos asignados realizar nuevas convocatorias de ayudas en lo que resta de año. El objetivo es maximizar el efecto dinamizador de las ayudas, para que lleguen a todas las empresas de todos los ámbitos geográficos que lo necesiten, contribuir a reducir el sobreendeudamiento de las empresas y reforzar sus balances.
La ampliación del plazo de cobertura completa la extensión del ámbito de actuación que se aprobó en abril de 2021. Esta modificación permitió a las Comunidades Autónomas incluir sectores adicionales y permitir el acceso a las ayudas empresas que, por circunstancias excepcionales, hubieran registrado pérdidas en 2019.