El Consejo de Ministros ha aprobado dos proyectos normativos impulsados por el Ministerio de Justicia: el Anteproyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal y el Anteproyecto de Ley Orgánica de la Fiscalía Europea

Anteproyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal y Anteproyecto de Ley Orgánica de la Fiscalía Europea

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El Anteproyecto de LECrim supone la transformación integral del proceso penal y se basa en dos principios: la coherencia institucional y la armonización con el derecho de la UE. En el ámbito interno se ha puesto en valor que el nuevo modelo de proceso penal potencia la figura del juez y de los fiscales constitucionales.

Imagen justicia espanola

La reforma del proceso penal, impulsada por ambas normas, cumple dos objetivos. El primero es armonizar nuestro sistema con el de los países de nuestro entorno, donde la investigación está al cargo del fiscal. El segundo, es incorporar a nuestro ordenamiento la nueva figura del fiscal europeo.

La aprobación del Reglamento de la Fiscalía Europea en 2017, constituye el impulso definitivo a la reforma estructural del proceso penal español puesto que viene a introducir, por mandato directo de la Unión Europea, la figura del fiscal investigador en nuestro sistema jurídico. Es importante señalar que a la Fiscalía Europea, como órgano con personalidad jurídica propia, se le atribuyen, según señala el considerando 11 del Reglamento de la Fiscalía Europea, las funciones de "investigar, procesar y llevar a juicio a los autores de los delitos contra los intereses financieros de la Unión".

Además de la modernización y actualización del modelo de enjuiciamiento penal, la nueva LECrim incorpora nuevas herramientas para la lucha contra la criminalidad y refuerza las garantías de los intervinientes en el proceso penal.

Con el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal se diseña un nuevo modelo de proceso penal Constitucional, más acorde y totalmente coherente con la arquitectura del Estado de Derecho que establece nuestra Carta Magna. Concretamente con los nuevos roles que introduce la reforma: la figura del fiscal investigador, la del juez de garantías y la del juez de la Audiencia Preliminar. Con la inclusión de estas figuras se consigue distinguir nítidamente en el marco del proceso las funciones de: a) investigar, b) tutelar los derechos de los investigados, c) decidir sobre la conveniencia de abrir juicio oral y sobre que pruebas son válidas.

En cuanto a la incorporación de nuevas herramientas para la lucha contra la criminalidad la norma supone un salto cualitativo en la actualización de nuestro ordenamiento jurídico penal, puesto que da regulación a las más avanzadas técnicas de investigación contra el crimen, como son la prueba científica, el tratamiento automatizado de datos y las búsquedas inteligentes, las investigaciones encubiertas en entornos digitales o la denuncia telemática, así como la mejora de la regulación del ADN.

El Anteproyecto refuerza las garantías y, especialmente, el papel central de la víctima en el proceso. A ésta el texto normativo le reconoce un estatuto propio, contemplando un amplio catálogo de medidas para evitar la revictimización e incorporando la justicia restaurativa a la norma procesal. En la misma línea, la nueva ley contempla nuevos mecanismos de protección para menores y personas con discapacidad.