El anteproyecto de Ley incluye las nuevas disposiciones de la Directiva europea e incorpora asimismo mejoras en el sistema de valoración de daños personales causados por accidentes de tráfico con el objetivo de incrementar y reforzar la protección de las víctimas.
La transposición de la Directiva europea del seguro de automóviles amplía y clarifica los vehículos que deben disponer del seguro obligatorio de responsabilidad civil, aclarando el tipo de aseguramiento del que deben disponer los vehículos agrícolas y/o industriales. Asimismo, se amplía el concepto de "hecho de circulación" cubierto por el seguro para incluir la protección de las víctimas independientemente del terreno en el que se esté utilizando el automóvil y de si está parado o en movimiento.
Adicionalmente, se amplían las funciones del Consorcio de Compensación de Seguros, que se hará cargo de la indemnización de las víctimas cuando la aseguradora esté en procedimiento concursal o liquidación, sea española o extranjera.
Por otro lado, el proyecto normativo incorpora mejoras adicionales en el sistema de valoración de las indemnizaciones, tanto en el procedimiento como en la cuantía. En primer lugar, se introducen cambios para agilizar el procedimiento de pago, tratando de conseguir un acuerdo rápido y justo para las víctimas, de acuerdo con el principio de reparación íntegra, evitando en lo posible recurrir a la vía judicial. En segundo lugar, se mejoran sustancialmente las indemnizaciones, proponiendo que se actualicen automáticamente de acuerdo con el Índice de Precios de Consumo. Esta mejora se une a la aprobada recientemente en el Real Decreto 907/2022 en el que se aumentaban las indemnizaciones por lucro cesante y mantiene el sistema plenamente actualizado y con los mayores niveles de protección.
Asimismo, en el anteproyecto de Ley se encomienda a una comisión de expertos la realización de un estudio que valore la conveniencia y, en su caso, características de un seguro obligatorio para cubrir los daños a terceros causados por los nuevos vehículos de movilidad personal.
Finalmente, se incluye una modificación de la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras para mejorar las facultades de control por el supervisor de la idoneidad de las personas que dirigen una aseguradora e introduce la posibilidad de exigir planes preventivos de recuperación de entidades.