Asimismo, se ha modificado el Acuerdo del Consejo de Ministros del 5 de octubre de 2021

Asistencia judicial en materia penal

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo que autoriza la remisión a las Cortes Generales de las Declaraciones sobre el Convenio Europeo de asistencia judicial en materia penal, su Protocolo Adicional y su Segundo Protocolo Adicional.

Fiscalia europea y asistencia penal_img

El Consejo de Europa firmó el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal el 20 de abril de 1959 en Estrasburgo, el cual fue complementado con los Protocolos Adicionales de 1978 y 2001. Esta convención tiene como fin promover y fomentar la cooperación entre autoridades policiales, judiciales y aduaneras en el ámbito penal, así como mejorar la rapidez y eficacia de la ayuda recíproca.

España ha emitido diversas declaraciones con relación al Convenio y sus dos Protocolos, ya sea con ocasión de su ratificación o posteriormente.

A raíz de la puesta en marcha de la Fiscalía Europea, organismo de la Unión Europea encargado de investigar los delitos que afecten a los intereses financieros de la UE de conformidad con la Directiva (UE) 2017/1371, el Ministerio de Justicia ha decidido reforzar las declaraciones que España presentó al Convenio y a sus Protocolos Adicionales. Esto es para que la Fiscalía Europea se considere una autoridad judicial, según el artículo 104.4 del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, que establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.

Además de la declaración para que la Fiscalía Europea sea reconocida como una autoridad judicial, se han formulado otras tres declaraciones para aclarar ciertas cuestiones relacionadas con el Convenio, dado que se trata de un órgano que no es exclusivo de España.

La ratificación por parte de España del Convenio, los protocolos, las declaraciones y las reservas requirieron la autorización previa de las Cortes Generales, ya que se incluyen en el supuesto previsto en el Artículo 94.1.e) de la Constitución.

El 5 de octubre de 2021, el Consejo de Ministros autorizó las declaraciones que se deseaban presentar y decidió enviarlas a las Cortes Generales para su conocimiento. El 12 de mayo de 2022, el Consejo de Estado estableció que la formulación de las mismas, con respecto al Convenio Europeo de Asistencia Judicial en materia Penal, así como sus Protocolos Adicionales, requieren la autorización previa de las Cortes Generales, ya que está comprendido en los supuestos del artículo 94.1, c) y e) de la Constitución.

En consecuencia, se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2021 para disponer la remisión de las declaraciones a las Cortes Generales con el fin de lograr los objetivos deseados.

Los siguientes Estados miembros de la Unión Europea participantes en esta cooperación reforzada sobre la Fiscalía Europea, ya han formulado sus declaraciones al respecto: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Eslovenia, Finlandia, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal, República Checa, República Eslovaca y Rumania.