"En muchos casos, es la existencia de elevadas bonificaciones y no los tipos impositivos más reducidos lo que explica la baja recaudación fiscal en España", ha explicado durante su intervención en la Comisión de Presupuestos del Senado.
Según ha subrayado, en la actualidad, los beneficios fiscales no solo son de una cuantía elevada, sino que en algunas instancias su funcionamiento actual no respondería a los objetivos para las que fueron creados.
Además, ha apelado a la idoneidad de que las reformas impositivas en ciertos ámbitos --como en los impuestos sobre el capital y los beneficios empresariales, o en materia medioambiental-- sean consensuadas a nivel internacional.
"De esta forma, se evitarían las distorsiones derivadas del hecho de que haya bases fiscales fácilmente deslocalizables", ha señalado. A este respecto, Hernández de Cos ha considerado "esperanzador" que se constaten los consensos que se están logrando en los últimos meses en materia de armonización fiscal.
Menor recaudación impositiva respecto a la UE
El gobernador ha señalado durante su intervención en el Senado que se aprecia que España presenta una inferior presión fiscal proveniente de la imposición indirecta y en particular del IVA, donde la diferencia en recaudación con respecto a la media de la UE asciende a 1,5 puntos porcentuales del PIB en 2019.
Esta brecha contribuye a explicar una parte de la menor recaudación impositiva que presenta España con respecto al conjunto de la Unión Europea en ese mismo año (un 39,2% frente a un 43,1%).
Las diferencias en recaudación también se extienden a la imposición societaria, donde España recauda cerca de 0,7 puntos porcentuales menos sobre el PIB que la media de países de la UE. Por el contrario, nuestro sistema tributario obtiene una mayor recaudación relativa de la imposición sobre la renta de las personas físicas y las cotizaciones sociales.
Prudencia para evaluar el impacto de los nuevos impuestos
Entretanto, Hernández de Cos ha subrayado la importancia de evaluar los efectos de las medidas discrecionales de recaudación siguiendo un criterio de prudencia, especialmente en aquellas situaciones en las que la evidencia sobre su impacto es escasa, como ocurre en el caso de la introducción de nuevas figuras impositivas.
Esta recomendación del gobernador responde a que el avance de liquidación de 2021 registra una recaudación inferior en unos 3.100 millones con respecto al presupuesto inicial.
Dicha desviación se explicaría por una recaudación tributaria por debajo de lo esperado (en -6.700 millones), que solo sería parcialmente compensada por unos ingresos por cotizaciones superiores a lo inicialmente presupuestado (en 3.600 millones).
Según Hernández de Cos, cerca de la mitad de la desviación en los ingresos tributarios (3.000 millones) vendría explicada por la menor capacidad recaudatoria de las nuevas medidas impositivas introducidas en 2021 o que no fueron finalmente instauradas.
Siguiendo un orden según la magnitud de la desviación proyectada actualmente, destacan los impuestos sobre las transacciones financieras y sobre determinados servicios digitales, la limitación de las exenciones por doble imposición a las grandes empresas, y la subida del IVA a bebidas azucaradas.
A dichas medidas se añadiría la no entrada en vigor del impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables y sobre los residuos en vertederos.
"Estas observaciones subrayan la importancia de evaluar los efectos de las medidas discrecionales de recaudación siguiendo un criterio de prudencia, especialmente en aquellas situaciones en las que la evidencia sobre su impacto es escasa, como ocurre en el caso de la introducción de nuevas figuras impositivas", ha señalado.
Ingresos por cotizaciones sociales, ligeramente optimista
Los PGE de 2022 incluyen dos nuevas medidas relacionadas con la recaudación tributaria. Por un lado, en el caso del impuesto de sociedades, se establece un tipo mínimo del 15% sobre la base imponible de grupos consolidados o de compañías cuya cifra de negocios sea igual o superior a 20 millones de euros.
Por otro lado, se introduce en el IRPF una minoración del límite general de reducción aplicable a la base imponible por aportaciones y contribuciones a planes de pensiones individuales desde los 2.000 a los 1.500 euros, además de un incremento del límite de reducción por aportaciones a planes de pensiones de empresa desde los 8.000 a los 8.500 euros.
Según el gobernador, la combinación del cuadro macroeconómico planteado en los PGE con los modelos que utiliza el Banco de España, resultaría una previsión de ingresos por cotizaciones sociales ligeramente optimista, que podría verse, en parte, compensada por unas expectativas prudentes en la recaudación de otras figuras impositivas.
De su lado, un peor comportamiento del crecimiento económico que el previsto en los PGE redundaría en un menor aumento de las bases impositivas y, por lo tanto, de los ingresos, si bien este efecto podría verse parcialmente compensado por un mayor crecimiento del deflactor.