"La Comisión considera que este régimen es incompatible con el derecho de establecimiento, libre prestación de servicios, suministro transfronterizo de mercancías y libre circulación de capitales que figura en los Tratados de la UE", explica Bruselas en un comunicado.
Según explica el Ejecutivo comunitario, una empresa española que invierta en una sociedad extranjera y quiera beneficiarse de una reducción de impuestos, debe cumplir más condiciones, por ejemplo vinculadas al volumen de ingresos y el nivel de participación de los accionistas, que si se tratara de una inversión nacional.
En otros casos, el beneficio fiscal previsto para los dividendos nacionales no se prevé para los dividendos extranjeros, añade la Comisión.
El ultimátum lanzado por Bruselas tiene la forma de un dictamen motivado, que es la segunda fase del procedimiento de infracción, y da un plazo de dos meses a las autoridades españolas para responder. Si las medidas adoptadas para entonces no convencen a Bruselas, ésta podrá remitir el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.