En 2010, la mujer acudió al letrado para solicitar su ayuda en la gestión de la pensión de incapacidad permanente que había sido otorgada a su marido tras sufrir una parada cardio-respiratoria mientras trabajaba a los 60 años, lo que le dejó con una grave discapacidad.
El abogado logró que el matrimonio recibiera el dinero del seguro por el accidente y la prestación por gran invalidez, y sugirió que la mujer le otorgara un poder para seguir con las reclamaciones restantes.
Siendo una persona de bajo nivel intelectual con dificultades para realizar tareas complejas y desbordada por la situación, ella le concedió al letrado y a una compañera de su despacho un poder amplísimo que incluía el ingreso y retiro de fondos, así como el pago a terceros en sus cuentas bancarias. Sin conocimiento de su compañera, el abogado abusó del poder otorgado de buena fe entre 2010 y 2017, apropiándose de 148.850 euros de la pareja.
Así, a partir de cinco días después de obtener el poder, empezó “a hacer un uso indebido de éste en su beneficio exclusivo, de tal modo que las notables cantidades de dinero ingresadas en la cuenta bancaria que el matrimonio tenía en el Banco (…) fueron desapareciendo de la misma con importantes y numerosas disposiciones en efectivo que … realizaba en Gijón, hasta el punto de quedar en números rojos algunos meses, siendo penalizada dicha cuenta con un cargo de 39 euros por saldo deudor cada vez que esto sucedía (ocurriendo por primera vez el día 28 de enero de 2014) y sufriendo sus titulares una penuria económica que llevó a (la mujer) a pedir limosna en la puerta de una iglesia, ya que en repetidas ocasiones acudía en Valladolid a sacar el dinero del banco para cubrir sus modestas necesidades -al margen de las domiciliaciones- y no lo podía hacer por no existir metálico”, indican los hechos probados.
En 2010, la pareja se fue a vivir a Valladolid. El asunto salió a la luz cuando un hombre mostró interés por la situación de la mujer y la acompañó a una abogada, quien informó a la Fiscalía en junio de 2017.
La Audiencia de Asturias, en sentencia posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, acusó al abogado por un delito continuado de apropiación indebida, de especial gravedad por la situación económica de sus víctimas, y con la agravante de obrar con abuso de confianza. Para castigarlo, se le impuso 5 años de prisión, 5 años de inhabilitación para ejercer la profesión de abogado, multa de 3.960 euros, y el pago de 148.850 euros como indemnización a la pareja por los daños causados más 5.000 euros a la mujer por daños morales. El Tribunal Supremo corrigió la sentencia para reducir la cuantía de la indemnización.
La Audiencia de Asturias, en la sentencia ahora confirmada, destacó que “el resultado de las pruebas practicadas no deja lugar a duda de que (el acusado), abusando de la confianza depositada en él por (la mujer), nacida en 1953 y persona de bajo nivel intelectual, con dificultades de funcionamiento en tareas complejas y desbordada por la situación generada por el accidente laboral de su marido y siendo conocedor … -por ser su abogado- de las importantes sumas de dinero que habían entrado en la cuenta bancaria del matrimonio con motivo del referido accidente laboral, de manera constante y sostenida en el tiempo y sin justificación razonable, fue vaciando de dinero la cuenta bancaria del matrimonio hasta dejarla en números rojos en repetidas ocasiones”.