El Tribunal Supremo de los EE.UU. ha resuelto de manera unánime en favor de la familia Cassirer en su controversia frente a la Fundación Thyssen-Bornemisza.

Caso Cassirer versus Fundación Colección Thyssen-Bornemisza

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Se trata de la recuperación del cuadro de Camille Pissarro “Rue St. Honoré en la Tarde, Efecto Lluvia”, el cual fue expoliado por los Nazis en la Segunda Guerra Mundial y que actualmente se encuentra colgado en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid. 

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La cuestión relevante ante el Tribunal Supremo de los EEUU era la determinación de la norma de conflicto de leyes relevante, es decir, si el juez americano debía aplicar la norma de conflicto de leyes federal o estatal de California para a su vez determinar el derecho aplicable al fondo del asunto. Como posibles derechos aplicables al fondo del asunto estaban el derecho español y el derecho del estado de California.

El Tribunal Supremo de los EEUU ha determinado que debe aplicarse la norma de conflicto de leyes del estado de California (en lugar de la norma federal). Para llegar a esta conclusión, el Tribunal ha tenido en cuenta que, “una vez que un Estado extranjero carece de inmunidad de jurisdicción, está sujeto a las mismas reglas de responsabilidad que un ente privado.”

Esta decisión tiene una importancia crucial para el destino del cuadro habida cuenta de que, utilizando la norma de conflicto de leyes federal, los tribunales inferiores hasta ahora habían aplicado el derecho español para determinar si la Fundación Thyssen-Bornemisza debía devolver el cuadro a la familia Cassirer. A pesar de los numerosos escritos presentados por el bufete B. Cremades y Asociados, en representación de la Federación de Comunidades Judías de España y la Comunidad Judía de Madrid, dichos tribunales de instancia consideraron (incorrectamente) que bajo derecho español el cuadro pertenecía a la Fundación Thyssen-Bornemisza.

Ahora el Tribunal Supremo de los EE.UU. ordena a los tribunales inferiores a reabrir el caso para, aplicando la norma de conflicto de leyes de California, determinar qué derecho debe aplicar al fondo de la controversia, es decir, el derecho español (como se había hecho hasta ahora) o en su lugar el derecho estatal de California. Bajo el derecho sustantivo del Estado de California, incluso si la Fundación Thyssen-Bornemisza fuese un tercero de buena fe a la hora de comprar el cuadro, no podría haber adquirido su título de propiedad habida cuenta de que el cuadro fue expoliado en la Segunda Guerra Mundial. En consecuencia, si se aplicase el derecho sustantivo californiano, la Fundación Thyssen-Bornemisza debería devolverlo a la familia Cassirer.

Esta interpretación de cómo sería el resultado bajo las leyes de California ya ha sido anticipada obiter dicta por los tribunales inferiores.

Acceso a la Sentencia del Tribunal Supremo de EEUU.