Principales Derechos
El 9 de abril de 1985, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó las Directrices de la ONU para la Protección de los Consumidores, y que se pueden resumir los siguientes derechos:
- Derecho al acceso a bienes y servicios básicos esenciales
- Derecho a la protección contra productos y procesos peligrosos.
- Derecho a recibir información para una elección correcta y protección contra publicidad engañosa.
- Derecho a escoger productos y servicios a precios competitivos.
- Derecho a ser escuchado y estar representado en la elaboración y ejecución de una política gubernativa y en el desarrollo de productos y servicios.
- Derecho a recibir una reparación adecuada por quejas justas.
- Derecho a la educación de los consumidores para efectuar elecciones seguras de bienes y servicios, y ser conscientes de los derechos básicos de los consumidores y cómo hacerlos efectivos.
- Derecho a un ambiente saludable para vivir y trabajar.
Entorno Legislativo
El art. 51 CE se refiere a la defensa de los derechos de los consumidores donde se establece, entre otros aspectos, que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
Este artículo está desarrollado actualmente en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre aprobó el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, reformado por la Ley 3/2014 que modifica aspectos sustanciales del mismo. La nueva ley, que entró en vigor el 29 de marzo de 2014, transpone al derecho interno español, con la mayor fidelidad y el menor cambio normativo posible, la Directiva 2011/83/UE, que preconiza una armonización mucho más profunda de los ordenamientos internos de los Estados, aun permitiendo ciertas excepciones puntuales.