Lo remite al Senado para continuar con su tramitación parlamentaria

El Congreso aprueba el Proyecto de Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal

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La Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados ha aprobado, con competencia legislativa plena, el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, que continúa su tramitación parlamentaria en el Senado.

Elusion fiscal y fraude_imagen

Los miembros de la Comisión han debatido y votado el Informe de la Ponencia, que ha quedado aprobado, con modificaciones, con 21 fotos favorables, 14 en contra y 1 abstención, tras haber sido aceptadas la enmienda 246, del Partit Demócrata de Catalunya (PDeCAT), incluido en el Grupo Plural, sobre la modificación del artículo 70 de la Ley de Impuestos Especiales, relativo al tipo impositivo sobre determinados medios de transporte, para adecuarlos a la nueva medición de emisiones de CO2 con el nuevo procedimiento WLTP; y la enmienda 175, del Grupo Republicano, que recoge la elaboración de un análisis y evaluación oficial de la economía sumergida en el estado español, del fraude fiscal y laboral y de la elusión fiscal, desagregado por territorios, sectores económicos e impuestos. El resto de enmiendas que los grupos parlamentarios Ciudadanos, Plural, Republicano, Vox y Popular habían mantenido vivas han sido rechazadas.
Durante el trámite en Ponencia, a este proyecto de ley se incorporaron, en sus términos, las enmiendas del Grupo Socialista relativas el establecimiento de requisitos adicionales para que las sociedades de inversión de capital variable (SICAV) puedan aplicar el tipo de gravamen del 1%; sobre la introducción de modificaciones en el texto refundido del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para "favorecer las libertades de establecimiento y circulación, de acuerdo con el Derecho de la Unión"; la regulación del procedimiento sancionador del régimen de limitaciones de pago en efectivo con diversos objetivos, y sobre plazos de prescripción de acciones y autorizaciones judiciales en casos de pesquisas tributarias, entre otras. Además, en esta fase también se ha introducido una enmienda del Grupo Popular referente a la tributación de los contribuyentes no residentes.
Por otra parte, también quedaron aprobadas, con correcciones, las enmiendas del Grupo Socialista que aludían a normas de control y regulación de la hoja de tabaco crudo, a la modificación de la Ley del Notariado, y a la publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias en el año 2021, entre otras correcciones.
Además, la Ponencia acordó la incorporación de diversas enmiendas transaccionales. La primera de ellas, sobre la base de las enmiendas de los grupos Vasco (EAJ-PNV); Plural, concretamente del Partit Demócrata de Catalunya (PDeCAT), y Ciudadanos, sobre el Régimen Fiscal de Canarias. La segunda enmienda transaccional sobre las enmiendas propuestas por los grupos Vasco (EAJ-PNV); Popular; Plural (PDeCAT), y Ciudadanos, referidas al Impuesto sobre el Valor Añadido. La tercera, sobre la base de las enmiendas de los grupos Vasco (EAJ-PNV); Popular, y Plural (PDeCAT), sobre el plazo general de caducidad. Y, por último, una cuarta enmienda transaccional sobre las propuestas por los grupos Vasco (EAJ-PNV) y Plural (PDeCAT), referente a representantes aduaneros.
Medidas contra la elusión fiscal, tributarias y de regulación del juego
Las modificaciones recogidas en este proyecto de ley, principalmente en materia tributaria, tienen una doble finalidad. Por un lado, incorporar al ordenamiento interno el ámbito de las prácticas de elusión fiscal. Y, por otro, introducir cambios en la regulación para asentar unos parámetros de justicia tributaria y facilitar actuaciones que prevengan y luchen contra el fraude, reforzando el control tributario.
En la exposición de motivos, el Ejecutivo hace hincapié en la necesidad de que las modificaciones legales vayan acompañadas de medidas organizativas y operativas en el ámbito de la Administración tributaria del Estado, y del control de los contribuyentes con grandes patrimonios. Para favorecer el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias se creará una unidad central de coordinación de esas actuaciones de control.
La Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, conocida como Directiva anti elusión fiscal o, por sus siglas en inglés, como ATAD, aborda diferentes ámbitos: establece una norma general anti abuso, un nuevo régimen de transparencia fiscal internacional, el tratamiento de las denominadas asimetrías híbridas, la limitación de la deducibilidad de intereses y la regulación de la llamada imposición de salida. Sin embargo, en esta ley se incorporan los concernientes al nuevo régimen de transparencia fiscal internacional y a la imposición de salida.
La transparencia fiscal internacional supone "la imputación a una empresa residente en territorio español de determinadas rentas obtenidas por una entidad participada mayoritariamente que resida en el extranjero cuando la imposición sobre esas rentas en el extranjero es notoriamente inferior a la que se hubiera producido en territorio español, imputación que se produce aunque las rentas no hayan sido efectivamente distribuidas".
En este proyecto de ley también se adecúa el término de paraísos fiscales al de jurisdicciones no cooperativas. En este sentido, atendiendo a y una vez aprobados los criterios de equidad y transparencia, la ministra de Hacienda "adoptará las disposiciones  necesarias para la publicación de la relación de países y territorios, así como regímenes fiscales perjudiciales, considerados jurisdicciones no cooperativas, que habrá de ser actualizada periódicamente".
Entre otros ámbitos, el texto también introduce modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En primer lugar, se modifica la Ley 35/2006, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Además, se establecen dos nuevas obligaciones informativas: del saldo que mantienen los titulares de monedas virtuales y de las operaciones sobre dichas monedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan.
Asimismo, se modifica la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, como en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sustituyendo el valor real por valor, concepto equiparado al valor de mercado.
Por otro lado, respecto del Impuesto sobre Actividades Económicas, se actualizan las referencias normativas para considerar un grupo de sociedades y se aclara que la regla para calcular el importe neto de la cifra de negocios se deberá aplicar con independencia de la obligación de consolidación contable.
En cuanto a la regulación del juego, en este proyecto de ley se contemplan mecanismos de prevención y lucha contra la manipulación de las competiciones deportivas, para combatir el fraude que puede producirse en las apuestas deportivas. Se amplía el elenco de entidades a las que la autoridad encargada de regulación del juego puede realizar requerimientos de información, y se introducen nuevos tipos infractores o se modifica alguno de los existentes, para sancionar prácticas fraudulentas de los participantes en los juegos, de los propios operadores o de proveedores o intermediarios, entre otros.