CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

El Congreso aprueba la tramitación de la Proposición de Ley de derechos de la persona en el proceso final de su vida

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Luz verde a la tramitación de la Proposición de Ley de derechos de la persona en el proceso final de su vida, presentada con el fin de permitir que el paciente pueda rechazar los tratamientos que no desea; cumpla los deseos íntimos expresados en un testamento vital; fallezca en la intimidad y con el mínimo sufrimiento físico, psíquico y espiritual posible.

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Los impulsores de esta iniciativa destacan que su objetivo es poder dar respuesta legal a los dilemas a los que se enfrentan las Administraciones y el personal sanitario en el caso de las personas que se encuentran en el proceso final de su vida, según han informado fuentes parlamentarias.

La Proposición de Ley regula los derechos de las personas que se encuentran en esta situación, así como los deberes del personal sanitario y las garantías de los centros e instituciones sanitarias para hacer efectivos tales derechos.

Entre los principios de la propuesta destacan el respeto al derecho a la plena dignidad a la persona en el proceso final de su vida; la promoción de la libertad, la autonomía y la voluntad de la persona, de acuerdo con sus deseos, preferencias, creencias o valores, así como la preservación de su intimidad y confidencialidad.

Plantea para ello que el rechazo de un tratamiento no suponga el menoscabo de su cuidado; el derecho a recibir cuidados paliativos integrales; la igualdad y la no discriminación en el acceso a los servicios sanitarios al final de la vida; y la garantía de una atención sanitaria personalizada a través de la coordinación y cooperación entre los sistemas de salud y de servicios sociales.

La propuesta recoge además como derechos de la persona al final de la vida el derecho al consentimiento informado, cuidados paliativos o limitación del esfuerzo terapéutico entre otros, y recoge como derechos de la persona en el proceso final de su vida el derecho a la información asistencial, a la toma de decisiones y al consentimiento informado, a otorgar instrucciones previas, al rechazo y retirada de una intervención, a los cuidados paliativos integrales y al tratamiento del dolor, al acompañamiento y a la intimidad personal y familiar.