Esta iniciativa continuará su tramitación en la Comisión de Justicia, en la que se debatirán y votarán las enmiendas al articulado y se elaborará el dictamen que deberá también ser sometido a votación antes de seguir su trámite, según fuentes parlamentarias.
Esta propuesta pretende eximir de tasas aquellas entidades sin fines lucrativos acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre referida a esta materia y de los incentivos fiscales al mecenazgo, así como, los sujetos pasivos que tengan la consideración de entidades de reducida dimensión, de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora del Impuesto sobre Sociedades.
Esta Proposición de Ley se sustenta en el objetivo de eliminar barreras económicas que supongan una limitación de acceso a la justicia.
La exposición de motivos del texto argumenta que el pago de tasas judiciales por sujetos pasivos que tienen la consideración de entidades de reducida dimensión, provoca en muchos casos, que no puedan acceder a la justicia, por no tenerse en cuenta su capacidad económica.
Asimismo, se expone que el pago de tasas judiciales por entidades sin fines lucrativos, supone un debilitamiento del mecanismo para hacer valer derechos constitucionales y estatutarios cuando, presuntamente, resulten vulnerados.
La Proposición de Ley pide así, la modificación del artículo 4 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.