Social

El registro de horas en el contrato a tiempo parcial

Foro Coordinador: Francisco Javier Lluch Corell

Planteamiento

Se escucha con frecuencia en los medios de comunicación que una de las mayores bolsas de fraude en las relaciones laborales se produce en el marco de la contratación a tiempo parcial, sobre todo en algunos sectores como puede ser el caso de la hostelería. De modo que pese a que en el contrato de trabajo se pueda pactar una jornada reducida, se obliga a los trabajadores a realizar jornadas a tiempo completo, cuando no otras que superan la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo en los términos establecidos en el art.34 del Estatuto de los Trabajadores (ET) -EDL 2015/182832-.

Con la finalidad de atajar estos posibles abusos, el art.12 ET establece en su actual aptdo. 4 letra c) -EDL 2015/182832- la siguiente previsión:

  • «c) Los trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en los supuestos a los que se refiere el artículo 35.3 -EDL 2015/182832-.
  • La realización de horas complementarias se regirá por lo dispuesto en el apartado 5.
  • En todo caso, la suma de las horas ordinarias y complementarias, incluidas las previamente pactadas y las voluntarias, no podrá exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial definido en el apartado 1.
  • A estos efectos, la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.
  • El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.
  • En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.»

La cuestión que se somete a debate a los integrantes de este foro, es si la obligación que impone el precepto de registrar día a día la jornada y de entregar copia al trabajador del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, es exigible en todo caso de contratación a tiempo parcial o solo cuando exista un pacto de horas complementarias.

 

Este foro ha sido publicado en la "Revista de Jurisprudencia".

Puntos de vista

Sebastián Moralo Gallego

Somos de la opinión de que en esta materia deben aplicarse los mismos ...

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Teresa Pilar Blanco Pertegaz

Sobre la cuestión ahora planteada ya se ha pronunciado tangencialmente...

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Jesús Sánchez Andrada

En la STS Sala 4ª Pleno, núm. 247, de 23-3-17, rec 81/16 -

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Resultado


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