CIVIL/PATENTES

El sistema de patentes de EEUU presenta un cambio radical

Tribuna Madrid

La nueva ley norteamericana de invenciones ("America Invents Act" o AIA) fue aprobada por el Congreso y firmada como ley por el presidente Barack Obama en septiembre de 2011, representando el cambio más importante en el Sistema de patentes de EE.UU. desde los años cincuenta.

Aunque algunos de los cambios entraron en vigor en septiembre de 2012, las principales disposiciones se harán efectivas a partir del próximo 16 de marzo.

Hasta enero de este año se seguía discutiendo acerca de los detalles más minuciosos, en gran medida los que afectaban al periodo transitorio en el que ambos sistemas coexistirán. Obama aprueba finalmente las modificaciones al AIA el pasado 14 de enero, por lo que parece que todo está listo para que el 16 de marzo de 2013 la tramitación de las invenciones en EE.UU. se armonice, en cierto modo, con las legislaciones de patentes en el resto de los países.

Los cambios más representativos radican en el cambio del sistema "First-To-Invent" (primero en inventar) al de "First-Inventor-To-File" (primer inventor en solicitar), es decir, un sistema equivalente al del resto de países donde el derecho otorgado por el Estado es a un inventor –o persona autorizada por él- que solicite primero la invención ante la oficina de patentes correspondiente.

Para ilustrar las diferencias entre los dos sistemas podemos considerar un inventor A que inventa un nuevo dispositivo y otro inventor B que un año después inventa lo mismo. Este inventor B solicita una patente antes que A. Según el actual sistema americano de "First-To-Invent", si A puede demostrar que lo invento antes, el monopolio para la comercialización del dispositivo seria suyo. Con el sistema "First-Inventor-To-File" el inventor B tendría los derechos de la patente sobre la invención.

La filosofía del sistema de patentes radica, entre otras cuestiones, en que la tecnología avance y para ello, a cambio de un monopolio otorgado por el estado, el inventor divulga su tecnología favoreciendo el desarrollo. Si las invenciones no se hicieran públicas y se quedaran en los cuadernos de laboratorio o en los cajones del inventor, la sociedad no podría beneficiarse de los avances tecnológicos y los equipos de investigación se verían obligados a partir de cero para cada área tecnológica, malgastándose muchos esfuerzos en I+D+i. En conclusión, el hecho de que se soliciten las patentes y se publiquen favorece la innovación.

Otros cambios implementados incluyen un nuevo enfoque de lo que se entiende por estado de la técnica, ya que se eliminan las restricciones territoriales y de idioma. Algo que se ha considerado, hasta el momento y desde el otro lado del Atlántico, una ventaja o exceso de protección con los solicitantes en EEUU frente al resto y difícilmente armonizable con lo establecido en el Convenio de Paris. Es decir, a partir de ahora, el conocimiento previo o el uso de una invención en una país distinto de EEUU y de idioma distinto al inglés, por ejemplo Taiwan, es relevante para la concesión de una solicitud de patente en EE.UU..

Tampoco podemos olvidarnos de los cambios que van a producirse en las tasas oficiales, que aumentan, llegando a duplicarse en algunos conceptos.

Se añaden además nuevas consideraciones sobre el período de gracia vinculado con divulgaciones realizadas por el inventor, aunque este concepto sigue en vigor. Periodo de gracia, patentes de software o protección por patente para los métodos de negocio o métodos quirúrgicos, siguen siendo los elementos diferenciadores del sistema norteamericano de patentes frente al de muchos de los sistemas de patentes de otros países, como el español.

El AIA será aplicable a cualquier patente o solicitud de patente en EEUU después del 16 de este mes. Con cierta cautela en las solicitudes que reivindiquen prioridad de una solicitud anterior al 16 de marzo, que podrán estar reguladas bien por los nuevos cambios normativos o por el sistema pre-AIA en función de si la prioridad se encuentra total o parcialmente soportada. En definitiva, habrá un período transitorio en el que coexistirán los dos sistemas y en el que se habrá de analizar caso por caso cada solicitud en ese país.


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