El Supremo matiza que la valoración de la cláusula como abusiva dependerá, en cada caso, de que el tribunal de instancia aprecie que su inclusión en el contrato de compraventa "no fue negociada individualmente", lo que provocaría una "transgresión de la buena fe contractual y el desequilibrio importante en el contenido del negocio para las partes".
El Alto Tribunal ha emitido este miércoles esta aclaración en contestación a una nota de prensa enviada por la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) en la que celebraba la sentencia que declaró abusiva esta cláusula impuesta a unos compradores e interpretaba que el dictamen se ajustaba a todos los casos.
En este sentido, el Supremo añade que la sentencia dictada en noviembre sentó doctrina, pero carecía de carácter retroactivo respecto a los contratos de compraventa de viviendas anteriores a la reforma de 2006 de la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios.
El tribunal concluye así que la nulidad de la cláusula "no se proclama como un efecto automático o inherente" en la anterior regulación de defensa de los consumidores de 1998, por lo que, en estos casos, se considerarán abusivas "todas las estipulaciones no negociadas individualmente".
En noviembre de 2011, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo declaró nula esta cláusula de pago de plusvalías impuesta a unos compradores por parte de los vendedores. La sentencia consideró que el promotor estaba obligado a pagar este impuesto porque se benefiaba del aumento del valor del inmueble, lo que no le sucedía al comprador.