El tribunal confirma las indemnizaciones civiles que deberán pagar los acusados, que es de 168 millones de euros en el caso de los dos primeros (a satisfacer conjunta y solidariamente), de 119 millones en el caso de Salvador V.S., y de 130 millones en el de Juan Bautista S.L. Pero el Supremo, estimando el recurso al respecto del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), determina que la indemnización debe otorgarse al FROB y no a Caixabank como hizo la sentencia de la Audiencia Nacional de 25 de abril de 2019.
El Supremo reduce la condena a Domingo P.S. de 4 años de prisión a 3 años y 8 meses al considerar que la Audiencia no justificó adecuadamente la individualización de la pena, y eleva desde 6 meses a 1 año y 6 meses de prisión, en el caso de Alfonso M.D., y de 4 meses a 1 año y 1 mes de prisión, en el de los dos empresarios, sus condenas por considerar que no son cómplices sino cooperadores necesarios del delito continuado de administración desleal, tal como pedía la Fiscalía.
La sentencia explica que la causa investigó a directivos del Banco de Valencia y representantes de sociedades mercantiles que convienen una serie de préstamos y líneas de crédito ruinosas para el Banco de Valencia, mediante negocios altamente especulativos, de manera que se contrajeron obligaciones fraudulentas para la entidad, en cantidad millonaria de euros, con abuso de funciones y en perjuicio del Banco, teniendo que ser rescatado por el FROB, con dinero procedente de la Unión Europea. Como consecuencia de la gestión bancaria, el Banco termina vendiéndose a Caixabank por la cantidad simbólica un euro.