JUSTICIA

El Supremo otorga la pensión compensatoria a una mujer que se ocupó durante años de cuidar a su familia

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La mujer está jubilada, cobra 500 euros de pensión y tiene una discapacidad reconocida del 15%.

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El Tribunal Supremo ha obligado a un divorciado a pagar una pensión compensatoria de 400 euros mensuales a su exmujer al entender que su dedicación en exclusiva durante 21 años al cuidado de su familia influyó "negativamente" en su desarrollo profesional y determinó un periodo de cotización menor.

El alto tribunal ha estimado el recurso de la mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en junio de 2012, eximió a su ex pareja de pagarle la pensión compensatoria que anteriormente había fijado un juzgado de Coslada. La Audiencia no apreció ningún "desequilibrio" y afirmó que la pensión compensatoria no es "un mecanismo dador de cualidades profesionales que no se tienen".

La Sala de lo Civil corrige ahora este criterio al destacar que el "prolongado lapso de dedicación a la familia determina que la pensión cotizada sea inferior" y ello exige la "oportuna compensación".

La dedicación provocó un desequilibrio

La sentencia, con ponencia del magistrado Francisco Javier Arroyo, remarca que esa dedicación provocó un "desequilibrio" entre la situación económica de ambos cónyuges y que la discapacidad y edad de la mujer hace imprevisible que pueda mejorar su situación.

La resolución declara probado que la pareja contrajo matrimonio en 1972 y la mujer se ocupó durante 21 años de forma exclusiva a cuidar de sus tres hijos y del hogar. Tras ello, trabajó en periodos cortos e intermitentes en servicios de limpieza y geriátricos hasta que se divorció tras 38 años de matrimonio.

En la actualidad, la mujer está jubilada cobrando una pensión de 519 euros y tiene una discapacidad reconocida del 15%; mientras que su ex marido se encuentra jubilado parcialmente, percibiendo ingresos de unos 2.000 euros mensuales.