En una providencia consultada por Europa Press, los magistrados admiten a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra la ley, que se aprobó en verano del año pasado.
El tribunal ha suspendido el apartado que atribuye a los ayuntamientos la explotación de los servicios de temporada de las playas, y autorizar y regular el resto de actividades en las playas.
También se anula el artículo que desgrana las competencias de los consistorios en esta materia, entre las que se citan tramitar los planes de ordenación del litoral y los planes de uso de las playas.
El mismo artículo recoge que es competencia de los ayuntamientos recaudar impuestos derivados de servicios de temporada de playas y el mantenimiento.