ADMINISTRATIVO

Emplazamiento y personación en los recursos de apelación

Foro Coordinador: Diego Córdoba Castroverde

Planteamiento

El recurso de apelación, como es sabido, se interpone ante el tribunal de instancia, aquel que dictó la sentencia que se pretende recurrir en apelación, en los quince días siguientes a la notificación de la sentencia, mediante un escrito razonado en el que se deberán contener las alegaciones en que se fundamente el recurso, así lo dispone el art. 85,1 LRJCA -EDL 1998/44323-. No se trata por tanto de un escrito de preparación, a diferencia de lo que sucede en el recurso de casación, sino que la parte ha de formalizar su recurso con todos los argumentos y pretensiones que considere necesario plantear ante el tribunal superior.

Tras la formulación del recurso de apelación y de la eventual oposición al mismo se enviaban los escritos al tribunal superior para que resolviese, sin que estableciese un plazo para personarse pero tras la nueva redacción de este precepto -EDL 1998/44323-, operada por el art. 14,31 de Ley 13/2009 de 3 noviembre 2009 que entró en vigor el 4 mayo 2010 -EDL 2009/238889-, se establece que "el Juzgado elevará los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, ordenándose el emplazamiento de las partes para su comparecencia en el plazo de treinta días ante la Sala de lo Contencioso-administrativo competente (...)".

Este emplazamiento sujeto a plazo y la necesidad de personarse en el mismo plantea algunas dudas ¿Qué ocurre cuando alguna de las partes no se persona en el plazo establecido? ¿Se debe declarar desierto el recurso o la oposición al mismo? ¿Resultaría desproporcionada una decisión declarando desierto un recurso por no haberse personado en plazo pese a que la parte formalizó su recurso en el plazo de quince días manifestando su voluntad de recurrir o se opuso en plazo al recurso de apelación?

¿Qué consecuencias tendría la falta de personación en plazo de la parte recurrida?

Este foro ha sido publicado en la "Revista de Jurisprudencia", número 1, el 5 de abril de 2012.

Puntos de vista

Inés Huerta Garicano

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