LABORAL

Empresas en concurso y la obligación de abonar la indemnización por despido objetivo

Foro Coordinador: Francisco Javier Lluch Corell

Planteamiento

Si el empresario decide extinguir un contrato de trabajo por causas objetivas debe cumplir con una serie de requisitos establecidos en el art. 53,1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) -EDL 1995/13475-, so pena de que tal decisión se califique de improcedente. Entre tales requisitos interesa destacar ahora el contemplado en la letra b), esto es, debe poner a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, una indemnización de veinte días por año de servicio.

Ello no obstante, el propio precepto en su párrafo segundo -EDL 1995/13475- exonera del cumplimiento de esta obligación cuando la decisión extintiva se fundare en el art. 52,c) del propio Estatuto, con alegación de causa económica, y como consecuencia de tal situación económica no se pudiera poner a disposición del trabajador aquella indemnización.

Ahora bien, cuando la decisión de despedir la toman los administradores de una empresa concursada en fase de liquidación, surge un problema interpretativo, pues de conformidad con lo dispuesto en el art. 154,2 LC -EDL 2003/29207- los créditos contra la masa, cualquiera que sea su naturaleza, habrán de satisfacerse a sus respectivos vencimientos, cualquiera que sea el estado del concurso. De modo que puede suceder que en el momento de llevar a cabo la extinción del contrato de trabajo por causas económicas, la empresa concursada tenga liquidez suficiente para poder abonar la indemnización de los veinte días de salario, pero no para satisfacer los créditos ya vencidos de todos los acreedores contra la masa.

En tal caso, y esta es la pregunta que se plantea a nuestros expertos del presente Foro, ¿puede la empresa concursada acogerse a la posibilidad que ofrece el párrafo 2º del art. 53,1,b) ET -EDL 1995/13475- para no poner a disposición del trabajador despedido la indemnización simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita?

Este foro ha sido publicado en la "Revista de Jurisprudencia", número 1, el 1 de diciembre de 2011.

Puntos de vista

Francisco Olarte Madero

El art. 53,1,b) ET -

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Ignacio Moreno González-Aller

El art. 53 del Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET) dispone en s...

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Teresa Pilar Blanco Pertegaz

La imposibilidad de poner a disposición del trabajador la indemnización...

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Resultado


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