Este instrumento se enmarca en el conjunto de medidas y programas aprobados por la Unión Europea de apoyo al tejido empresarial y a la financiación de los Estados miembros, y complementa las medidas nacionales puestas en marcha para mitigar los efectos económicos y sociales del COVID-19
El SURE permite financiar esquemas temporales de apoyo al empleo como los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo y tiene como objetivo proteger a los trabajadores y reducir el impacto del desempleo y las pérdidas de ingresos.
Los Estados miembros contribuyen al instrumento garantizando parte del riesgo asumido por la Unión Europea mediante el otorgamiento de avales.
Esta autorización se incluye en el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID19.
Moratorias
En la norma aprobada se incluyen también medidas para agilizar la concesión de moratorias acordadas por las asociaciones de entidades financieras de préstamos hipotecarios y sin garantía hipotecaria. Se prevén los requisitos para que las moratorias sectoriales, establecidas por las entidades financieras a través de sus asociaciones representativas (AEB, CECA, ASNEF o UNACC) y ofrecidas a sus clientes, gocen de una tramitación ágil, garantizando la protección del deudor.
Adicionalmente, se aclara que también podrán ser objeto de aplazamiento de cuotas los contratos de arrendamiento financiero (leasing), modalidad de contrato muy habitual entre los autónomos.
Se facilita así que más personas se beneficien del alivio financiero que supone aplazar las cuotas de sus préstamos en el contexto de la emergencia sanitaria.
Esta medida está alineada con las recomendaciones realizadas por la Autoridad Bancaria Europea (EBA, según sus siglas en inglés) para promover iniciativas dirigidas a limitar el impacto económico causado por la pandemia y, en particular, la extensión de aplazamientos y moratorias a partir de acuerdos promovidos por asociaciones de entidades en cada Estado miembro.
Asimismo, tras la recomendación realizada por el Banco Central Europeo a las entidades financieras de limitar el reparto de dividendos correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020, el Real Decreto-ley suspende la obligación de las fundaciones bancarias con participación de control en una entidad de crédito de dotar, en este año 2020, el fondo de reserva. En consecuencia, las dotaciones pendientes quedan aplazadas al periodo 2021-2024, prolongándose un ejercicio el plazo establecido.
Finalmente, el Real Decreto-ley establece que el presidente del FROB continúe en su cargo hasta el nombramiento de su sustituto.