La Sesión Constitutiva es el primer paso para la puesta en marcha de la Cámara. La elección de la Presidencia y el resto de la Mesa, el órgano de gobierno de la Cámara, y la toma de posesión de los parlamentarios electos, que al acatar la Constitución asumen la condición plena de diputados, son los requisitos para que el Congreso quede constituido.
Una vez celebrada esta sesión, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, comunica oficialmente la constitución de la Cámara al presidente del Gobierno en funciones, el presidente del Senado y al jefe del Estado, a quien ha dado traslado además de las formaciones políticas que han obtenido representación parlamentaria, con el fin de iniciar el procedimiento previsto para la investidura del presidente del Gobierno.
Grupos Parlamentarios
Además, simultáneamente, se abre el plazo para presentar las propuestas para crear grupos parlamentarios, que deben registrarse en la Cámara en los cinco días siguientes a la sesión constitutiva. En el escrito de propuesta debe figurar el nombre del grupo parlamentario, sus integrantes y nombre de su portavoz. Presentadas todas las propuestas, es la Mesa la que estudia si se cumplen las condiciones establecidas en el Reglamento y, oída la Junta de Portavoces, acuerda la constitución de los grupos parlamentarios.
La formación de los grupos parlamentarios es un requisito imprescindible para el funcionamiento de la Cámara, puesto que los representantes de cada uno de ellos los que conforman el órgano encargado, entre otras funciones, de fijar el orden del día del Pleno: la Junta de Portavoces.
Aunque una vez celebrada la sesión constitutiva los diputados ya pueden empezar a ejercer algunas de sus funciones parlamentarias, por ejemplo, presentar proposiciones de ley, siempre que tengan la firma de otros catorce parlamentarios, otras funciones sólo pueden ser ejercidas por los grupos parlamentarios o con la firma de su portavoz, como la presentación de mociones y proposiciones no de ley; o la presentación de enmiendas a iniciativas legislativas.
La conformación de los grupos parlamentarios es indispensable, además, para empezar a organizar los medios personales y materiales para que los diputados puedan empezar a desarrollar sus tareas.
Propuesta y elección del presidente del Gobierno
En paralelo al proceso de conformación de grupos parlamentarios, y una vez que el presidente del Congreso ha comunicado al Rey la constitución de la Cámara, el jefe de Estado, Felipe VI, inicia una ronda de contactos con los representantes que designe cada una de esas formaciones políticas con el fin de proponer al Congreso de los Diputados, a través de su presidente, un candidato a la Presidencia del Gobierno.
El jefe del Estado se reunirá con los representantes de las distintas formaciones. Una vez celebradas estas reuniones, y presentada la propuesta para la Presidencia del Gobierno por parte de el Rey a través de la Presidencia del Congreso, para lo que la Constitución no establece ningún plazo máximo, Meritxell Batet fijaría la fecha para celebrar la sesión de investidura, otro de los momentos más relevantes del inicio de la nueva legislatura.
En esta sesión, prevista en el artículo 99 de la Constitución y regulado en los artículos 170 a 172 del Reglamento del Congreso de los Diputados, el candidato a presidente del Gobierno expone ante la Cámara el programa del Gobierno que pretende formar y solicita al Congreso la confianza para hacerlo, y los representantes de los distintos grupos parlamentarios exponen su posición.
Finalizado el debate, se realiza la primera votación, en la que el candidato necesita el apoyo de la mayoría absoluta de la Cámara, es decir, la mitad más uno 176 diputados, para ser elegido presidente del Gobierno. Si no la obtiene, se realizará una nueva votación pasadas 48 horas, y el candidato será investido presidente si obtiene mayoría simple, más votos a favor que en contra.
En caso de que la Cámara no otorgara la confianza al candidato, el Rey volvería a presentar otra candidatura por el mismo procedimiento, y se repetiría la fórmula del debate de investidura. Si pasados dos meses desde la primera votación ninguno de los candidatos propuestos es elegido, se tendrían que convocar nuevas elecciones. En este caso sería el presidente del Congreso el que sometiera a la forma del Rey el Decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones generales.
Solemne apertura
Elegido el presidente del Gobierno es éste el encargado de proponer al Rey el nombramiento del resto de los miembros del Ejecutivo, y es a partir de ese momento cuando, según las costumbres parlamentarias, se celebra la Solemne Sesión de Apertura de la Legislatura.
Se trata de una sesión conjunta de las Cortes Generales, que reúne a los miembros de la Mesa y a los parlamentarios de ambas Cámaras, bajo la Presidencia del presidente del Congreso, y en la que interviene jefe del Estado.