Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 23 de julio de 2019, Plásticos de Jijona (ECLI:ES:APB:2019:9718). EDJ 2019/660032.

Importancia de la parte caracterizante de la patente para la valoración del presupuesto de actividad inventiva

Tribuna Madrid
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1. Hechos. Brunoplast Di Eleuteri Bruno (“Brunoplast”), interpuso demanda contra Plásticos de Jijona Complet, S.L.U. (“Plásticos de Jijona”) y Wurth España, S.A. (“Wurth”) imputándoles la infracción de los derechos de exclusiva que le otorgaba una patente europea validada en España que reivindicaba un dispositivo para la colocación y corte de baldosas. Plásticos de Jijona se opuso a la demanda y formuló reconvención impugnando la validez de la patente de la actora. Plásticos de Jijona argumentó que la patente carecía de actividad inventiva porque un experto en la materia partiendo del antecedente más cercano, resolvería el problema técnico consistente en la colación de baldosas con una separación mínima combinando las enseñanzas de esa anterioridad con otras anterioridades distintas. Brunoplast se opuso a la reconvención afirmando la actividad inventiva de su patente.

El Juzgado de Instancia desestimó la reconvención considerando que no había resultado probada la falta de actividad inventiva de la patente y estimó la demanda interpuesta apreciando que el dispositivo comercializado por las demandadas invadía el ámbito de protección de la patente. El Juzgado de Instancia señaló, en particular, que existirían diferencias técnicas entre la reivindicación 1ª de la patente de la actora y el estado de la técnica más próximo que a su vez llevarían a diferencias en las soluciones propuestas por uno y otros dispositivos. También descartó el Jugado de Instancia que la combinación del estado de la técnica más próximo con otras anterioridades permitiera excluir la actividad inventiva por cuanto que la descripción de las mismas no contenía ningún aspecto que el experto pudiera aplicar al dispositivo reivindicado para llegar de manera evidente a la reivindicación. Y descartó asimismo que la falta de actividad inventiva resultara acreditada a partir del examen combinado de las anterioridades invocadas por la parte demandada. Plásticos de Jijona recurrió la sentencia de instancia en apelación insistiendo en la nulidad del título y argumentando que el Juzgado erró en el análisis de la actividad inventiva al no limitarse a tomar en consideración la parte caracterizante de la patente base de la acción, sino que también tuvo en cuenta su preámbulo, con lo que se apartó de la doctrina de la AP de Barcelona sobre la determinación del ámbito de protección efectivo de la patente (en principio, lo descrito en la parte caracterizante de las reivindicaciones). Wurth, por su parte, se limitó a cuestionar que se le pudiera imputar responsabilidad alguna en la infracción denunciada.

2. Pronunciamientos. La AP se alinea en su sentencia con las tesis de la demandada y señala y acepta que el experto en la materia se habría planteado el problema que la patente impugnada trata de solucionar y lo habría resuelto en la forma que enseña la citada patente. Para llegar a la anterior conclusión la AP señala:

- Que existiría un importante divorcio entre lo que la invención protege de forma efectiva (lo descrito en la parte caracterizante en las reivindicaciones) y lo que se describe como objeto de la invención, y por tanto, de protección;

- Que no se sabe muy bien qué es lo que realmente está protegiendo la invención y que, a lo sumo, el Tribunal puede hacerse una idea imprecisa acerca de qué es lo que protege, pero no una idea concreta y acabada;

- Que las diferencias a las que alude la sentencia de primera instancia entre la reivindicación 1ª de la patente y el estado de la técnica más próximo ponen en valor más los elementos terminológicos que los conceptuales. Lo que describe el estado de la técnica anterior y la patente impugnada es sustancialmente lo mismo, aunque con palabras distintas. El tribunal señala que a la hora de valorar la actividad inventiva no deben tomarse en consideración aquellas diferencias que no contribuyen al efecto técnico o resultado de la invención. De tal suerte, si el problema técnico a resolver consiste en poder colocar baldosas con la menor distancia entre ellas, los aspectos ajenos a dicha cuestión serían irrelevantes desde la perspectiva del problema técnico a resolver y, por ende, accesorios para determinar la actividad inventiva de la patente.

Todo ello determina la estimación del recurso de la demandada con la consecuencia de la estimación de la reconvención, la anulación del título de la actora y la desestimación de la demanda.

3. Comentario. La lectura de la presente sentencia pone de manifiesto la necesidad de hacer un esfuerzo en la redacción de la parte caracterizante de las reivindicaciones de la patente puesto que dicha parte es la que realmente determina el objeto de protección de la patente. La AP nos recuerda que todo lo que figura incluido en la parte pre-caracterizante o preámbulo de la patente debe considerarse incluido en el estado de la técnica en el momento del registro.

Autor: Enrique ARMIJO CHÁVARRI. Anuario, Edición 2019 (recopilatorio de comentarios de jurisprudencia europea en materia de Derecho de Propiedad Industrial e Intelectual que realiza Elzaburu.

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Versión en inglés:

Importance of the characterizing portion of the patent in the assessment of inventive step. Judgment of Barcelona Court of Appeal of 23 July 2019, Plásticos de Jijona (ECLI:ES:APB:2019:9718)

1. Background. Brunoplast Di Eleuteri Bruno (“Brunoplast”), brought an action against Plásticos de Jijona Complet, S.L.U. (“Plásticos de Jijona”) and Wurth España, S.A. (“Wurth”), for infringement of its exclusive rights afforded by a European patent validated in Spain covering a device for laying and cutting floor tiles. Plásticos de Jijona contested the action and brought a countersuit challenging the validity of the plaintiff’s patent. Plásticos de Jijona argued that the patent lacked inventive step because a person skilled in the art could, on the basis of the closest prior art, solve the technical problem consisting of the laying of floor tiles with minimum separation, by combining the teaching of that prior art with other different prior art disclosures. Brunoplast contested the countersuit, asserting the inventive step of its patent.

The first instance court dismissed the counterclaim, finding that the lack of inventive step of the patent had not been proven, and upheld the original complaint, finding that the device sold by the defendants encroached upon the scope of protection of the patent. The court indicated, in particular, that there were technical differences between claim 1 of the plaintiff’s patent and the closest prior art which, in turn, led to differences in the solutions proposed by the respective devices. The first instance court also excluded the possibility that the combination of the closest prior art with other prior art disclosures would serve to rule out inventive step, given that their descriptions did not contain any aspect which could be applied to the claimed device by a person skilled in the art to arrive at the claim in an obvious manner. Likewise, it rejected the possibility that lack of inventive step could be proven on the basis of a combined examination of the prior art disclosures invoked by the defendant. Plásticos de Jijona lodged an appeal against the first instance judgment, insisting on the invalidity of the patent and arguing that the Court erred in its analysis of inventive step by not limiting itself to considering the characterizing portion of the patent on which the action was based, but also taking into account its preamble, thus moving away from the doctrine of the Provincial Barcelona Court of Appeal with regard to determining the effective scope of protection of the patent (in principle, that described in the characterizing portion of the claims). For its part, Wurth simply questioned whether it was liable at all with regard to the claimed infringement.

2. Findings. The Provincial Court of Appeal’s judgment aligns with the defendant’s reasoning, indicating and accepting that a person skilled in the art would have considered the problem that the contested patent tries to solve and would have solved it in the manner shown by the patent in question. In reaching the aforementioned conclusion, the Court states that:

- There is an important divergence between what is effectively protected by the invention (that described in the characterizing portion in the claims) and what is described as the subject matter of the invention and, therefore, of protection;

- What is in fact protected by the invention is not very clear and the court can, at best, have a vague idea, but not a concrete and complete idea, of what it protects;

- The differences referred to in the first instance ruling, between claim 1 of the patent and the closest prior art, place greater value on terminological elements than on conceptual elements. What the prior art and the contested patent describe is substantially the same, only using different words. The court states that when assessing inventive step, those differences which do not contribute to the technical effect or result of the invention should not be taken into consideration. Thus, if the technical problem to be solved consists of being able to lay tiles as closely together as possible, the aspects unrelated to this issue would be irrelevant from the standpoint of the technical problem to be solved and, hence, secondary for the purpose of assessing the inventive step of the patent.

This all leads to the acceptance of the defendant’s appeal, resulting in the acceptance of the countersuit, the cancellation of the plaintiff’s patent and the dismissal of the original complaint.

3. Remarks. Reviewing this ruling brings to light the need for an effort to be made when drafting the characterizing portion of the claims of a patent, since this is the part that truly determines the protected subject matter of the patent. The Appeal Court reminds us that everything included in the pre-characterizing portion or preamble of the patent should be considered as encompassed by the prior art at the time of registration. Enrique ARMIJO CHÁVARRI

 


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