La CNMC considera que la propuesta realizada RFEF (Real Federación Española de Fútbol) no cumple en su totalidad con la normativa (en el artículo 4.4 del Real Decreto Ley 5/2015).
Por esta razón, le insta a realizar una serie de modificaciones en la licitación relacionadas con las obligaciones de emisión en abierto, la diferenciación en la valoración de ofertas entre HD y SD, la existencia de contenidos audiovisuales ofrecidos por la RFEF no amparados por el Real Decreto-ley 5/2015 y la reserva de derechos no amparada por la normativa. Así, debería:
- Ajustar los distintos programas objeto del “Paquete de la Final” al periodo de tiempo al que se circunscribe el derecho de emisión.
- Revisar ciertas obligaciones comerciales impuestas al operador final en cuanto a la reserva de espacios publicitarios y derechos de adquisición preferente que limitan excesivamente la capacidad de los adjudicatarios de explotar comercialmente los derechos audiovisuales adquiridos.
- No incluir ciertas reservas de derechos que no se justifican, ni obligaciones en el ámbito de la publicidad relacionadas con el patrocinio.
- Reformar aquellos aspectos señalados en el informe contrarios a los principios de publicidad, transparencia, competitividad y no discriminación en el proceso de adjudicación de los derechos.
La CNMC emite este informe en virtud de lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación a la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional