OBLIGACIONES SUBORDINADAS

Un Juzgado de Madrid anula una compra de un millón de euros de obligaciones subordinadas de Popular

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El Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid ha declarado la anulabilidad de una compra de obligaciones subordinadas por parte de un minorista a Banco Popular, condenando a Santander a restituirle el millón de euros que invirtió.

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El demandante, defendido por Unive Abogados, era un empresario del sector frutícola que había invertido en productos garantizados o de bajo riesgo.

La jueza matiza que las obligaciones subordinadas, en las que el cliente invirtió un millón de euros, son un producto "complejo" y no para el ahorro, sino para la inversión.

Por tanto, recaía sobre Popular cumplir con una serie de deberes de información, una acción que no ha quedado probada ni a través de la testifical del empleado de la entidad ni del resto de pruebas que obran en los autos.

Además, la sentencia apunta que el cliente fue asesorado por su banco de siempre, donde un empleado de confianza le recomendó este producto que entonces desconocía y se lo asimiló a los depósitos y fondos a plazo fijo que sí que solía suscribir.

Por todo, la magistrada ha declarado la anulabilidad por error en el consentimiento y ha dictaminado que Banco Santander, como sucesor de Popular, tendrá que devolver al demandante el millón de euros invertido, más los intereses legales desde la fecha de suscripción, debiendo restituir el cliente los rendimientos y los títulos de los que fuere titular en virtud de dicho contrato.

Tras conocer el fallo, Unive Abogados ha resaltado que el hecho de que los clientes no fueran informados de las características y riesgos reales de este tipo de productos "aumentan notablemente las posibilidades de éxito, con independencia de la inversión", y ha recomendado acudir a expertos que analicen cada caso de manera particular y conozcan la materia.