El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo ha desestimado la demanda interpuesta por un profesor de educación física de un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Vigo frente a la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia porque entendía que no había resuelto de forma "expresa" las cuestiones que le había planteado sobre sus obligaciones relacionadas con la atención a un alumno que tiene diabetes.
El juez indica que las solicitudes de información por parte del demandante fueron "puntualmente respondidas" por la Consellería, al tiempo que subraya que "el contenido de los deberes de todos los que conforman la comunidad educativa en relación con los alumnos que padecen una patología crónica como es la diabetes, aparece nítidamente reflejado en el protocolo autonómico y en el específicamente elaborado en relación al niño".
El titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo también advierte al demandante en la sentencia sobre las responsabilidades "civiles, disciplinarias o penales" que pudiese conllevar una "inacción" ante una emergencia sanitaria. Además, le recuerda que por su condición de profesor de educación física tiene "un deber especial de vigilancia" sobre el menor, pues el riesgo de hipoglicemia es mayor al practicar ejercicio.