MADRID

La Comunidad de Madrid impulsa la participación ciudadana a través de una Ley de Gobierno Abierto

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Se establecen tres instrumentos de participación: aportaciones ciudadanas, consultas públicas y procesos de deliberación participativa.

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La Comunidad de Madrid va a impulsar tanto la transparencia como la implicación de la sociedad en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas públicas a través de una Ley de Gobierno Abierto, Participación Ciudadana y Transparencia, cuyo borrador ha sido debatido este martes en el Consejo de Gobierno.

El proyecto de ley sigue la línea de las regulaciones con las que ya cuentan la mayor parte de los países de la Unión Europea, en las que se garantiza la transparencia y el derecho de acceso a la información como instrumento de control por los ciudadanos de las Administraciones públicas.

La norma configura una nueva forma de interrelación entre la Administración Pública y los ciudadanos orientada al establecimiento del llamado "gobierno abierto".

Como principio básico de la ley, se garantiza la participación real de todos los ciudadanos en la actividad de las administraciones públicas, para lo que se hacen accesibles los documentos que obren en su poder y se garantiza la participación ciudadana en los asuntos y políticas públicas y en la toma de decisiones que les afecten. Por otra parte, esta nueva normativa incluye la regulación de los denominados "lobbys".

La ley obliga a la Administración Pública de la Comunidad y a todos los organismos, entidades y empresas vinculadas o dependientes; a los ayuntamientos y todas las entidades dependientes; a las universidades públicas de la Comunidad; y a todas las asociaciones constituidas por la Administración pública en la región. En el desarrollo de actividades sujetas al derecho administrativo, la norma también será aplicable a la Asamblea de Madrid, a la Cámara de Cuentas y la Comisión Jurídica Asesora y a las corporaciones de Derecho Público.

Contenidos mínimos de información

En lo referente a publicidad activa de información para garantizar la transparencia de su actividad, las obligaciones de la nueva ley también se extienden a partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y a las entidades privadas que perciban, en un año, ayudas o subvenciones públicas de más de 50.000 euros o cuando el 30% o más de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen un mínimo de 5.000 euros.

El proyecto de ley detalla los contenidos mínimos de información que deben publicar todas las entidades e instituciones obligadas. Entre estos contenidos se incluye información relativa a altos cargos, funcionamiento del Gobierno, materia normativa y contratos, subvenciones, patrimonio, planes y programas.

Por otro lado, también se regulan las condiciones para promover la participación de los ciudadanos, de forma individual o colectiva, en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas públicas, así como su participación en los ámbitos político, económico y cultural.

En el ámbito del sector público de la Comunidad, esta participación se articula a través de tres instrumentos. Por un lado, las aportaciones ciudadanas, por las que se publica la opinión o propuesta de los ciudadanos sobre cualquier temática relacionada con la gestión pública, a través de un canal abierto en Internet. Por otro, las consultas públicas, para recabar la opinión y las sugerencias de los ciudadanos sobre iniciativas concretas del Gobierno, por vía telemática. En tercer lugar, los procesos de deliberación participativa, en los que, a iniciativa de la Administración, se implicará a los ciudadanos en el diseño y evaluación de políticas públicas, tanto de forma presencial como telemática.

Los resultados de la participación de los ciudadanos a través de estas vías serán públicos y no vinculantes.

Por último, la norma establece un régimen sancionador por incumplimiento de las garantías de información y participación ciudadanas, que puede llevar aparejado el cese en el cargo desempeñado e importantes multas económicas.