Si usted se ve involucrado en un accidente de tráfico con resultado de lesiones, tanto si es conductor como acompañante, en un automóvil, moto, camión, taxi, o si resulta atropellado, tiene derecho siempre a recibir una indemnización en función de las lesiones sufridas y gastos ocasionados, días de baja médica, curación y por las posibles secuelas.
En el ámbito penal, el plazo para interponer la correspondiente denuncia, es de seis meses desde la fecha del accidente. En caso de demanda civil, el plazo para reclamar es de un año desde que se alcanza la curación de las lesiones ocasionadas en el accidente de tráfico. En cuanto a los daños materiales, el plazo es de un año para su reclamación, debiendo tramitarse en los siete días siguientes, el correspondiente parte en su compañía aseguradora.
En materia de accidentes de tráfico, existe la errónea creencia -fomentada en gran medida por las propias compañías aseguradoras- que es más práctico y económico para el accidentado, tramitar la indemnización con la compañía, cuando lo cierto es, que las compañías de seguros tienen convenios entre ellas, y velan por sus propios intereses, no le ofrecen ni asesoramiento legal ni el seguimiento medico pertinente, obteniendo siempre una indemnización por lesión muy inferior a la que el accidentado podría obtener.
¿Sabia usted, que la POLIZA DE SEGURO de su vehículo, contiene cobertura de defensa jurídica, con la que usted pueda abonar los honorarios del letrado especialista en accidentes de tráfico, que usted seleccione para su defensa? ¿Y que en algunos casos, también se puede recurrir a la Defensa Jurídica del Seguro del Hogar? De hecho, el propio letrado especialista en tráfico, conocedor de los pormenores, le tramitara la defensa jurídica que tenga contratada con su compañía, para que la misma abone los honorarios, hasta el limite contratado en la póliza, lo que supone que dichos honorarios de letrado serán cubiertos por su seguro; a cambio, usted recibirá un asesoramiento legal independiente de la compañía de seguros y un seguimiento medico que de otro modo no tendría, y recibirá la indemnización que verdaderamente le corresponde, y no la determinada por acuerdos entre compañías de seguros.
Para calcular la indemnización por las lesiones sufridas se tendrá en cuenta el tiempo que ha estado impedido para realizar sus ocupaciones habituales (días impeditivos), el tiempo que han tardado en curar las lesiones (días de curación) y la incapacidad permanente sufrida (secuelas). Todo ello se calcula en base a criterios legalmente establecidos. Aunque no tenga baja laboral también podrá obtener días impeditivos, puesto que los días impeditivos se corresponden con los días que no ha podido realizar sus ocupaciones habituales, ya sea trabajador/a por cuenta ajena, autónomo/a, estudiante, ama/o de casa o jubilado/a.
Es aconsejable contar con asesoramiento legal desde el primer momento, de esta forma conocerá el valor de las manifestaciones realizadas en el momento del accidente, la importancia que tienen las aportaciones de los testigos que presenciaron el accidente, el valor de la prueba pericial –para emitir dictamen sobre velocidades, tiempos, puntos de impacto y deformaciones de vehículos- y en concreto, de los informes emitidos por los equipos de reconstrucción de accidentes tanto privados como públicos (Equipo de reconstrucción de Accidentes de Trafico de la Guardia Civil-ERAT-) ; la importancia de la prueba documental (atestado o declaración amistosa de accidente, reportajes fotográficos de las posiciones finales de los vehículos y/o de la entidad y ubicación de los daños materiales, las facturas o presupuestos de reparación de los vehículos y la gravedad de las lesiones, entre otras) y el trascendente seguimiento medico de las lesiones, siendo de suma importancia que los informes médicos reflejen las lesiones y posibles secuelas, para luego poder reclamar la indemnización correspondiente.
Recuerde elegir un abogado especialista ajeno a las compañías de seguros, para velar por sus intereses económicos, que le ofrezca un tratamiento personalizado, que englobe asesoramiento legal seguimiento médico continuado de sus lesiones, secuelas, incapacidades laborales etc..., para así lograr los máximos resultados económicos.
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