El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha recogido este martes el regreso de la antigua ley de propiedad intelectual y de compensación por copia privada, conocido generalmente como 'canon digital', que establece una tasa para la compra de dispositivos digitales que puedan realizar copias.

La vuelta al canon digital: las tasas que habrá que pagar otra vez por la compra de dispositivos

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El canon digital, aprobado originalmente en el año 2007 por el gobierno del Partido Socialista, se encontraba en vigor hasta su retirada en 2011, pero fue recuperado por el gobierno del Partido Popular en junio del pasado 2017. Su objetivo es compensar a los creadores por la copia privada o piratería de libros y obras musicales o audiovisuales, según el BOE.

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El texto establece una tasa para cada dispositivo que varía en función de su tipo y que tiene efecto sobre su precio final de venta, en la que además esto tiene que quedar reflejado a través de la factura de una manera clara.

Los 'smartphones', que permiten reproducir vídeo, música o texto, pagarán 1,10 euros, y en 'tablets' aumenta hasta los 3,15 euros. En el caso de las impresoras, el canon asociado es de 4,50 o 5,25 euros, en función de su velocidad y sistema.

El canon digital impone una tasa también a los dispositivos de grabación. Los CD vírgenes cuestan ocho céntimos más, diez los regrabables, mientras que en el caso de los DVD la tasa asciende a 21 céntimos y 28 para regrabables.

Entre el resto de los dispositivos de este tipo se incluyen las grabadoras, con un gravamen de 33 céntimos a 1,86 euros según el tipo, así como los USB y tarjetas de almacenamiento, con un recargo de 24 céntimos.

En cuanto a componente internos, el canon es de 6,45 euros para los discos no integrados que reproduzcan contenidos, y 5,45 para los integrados en equipos, a excepción de las consolas cuyos discos solo permitan jugar (y no reproducir) y los aparatos decodificadores de televisión.

Entre las novedades del canon digital desarrolladas en el texto, el BOE ha establecido también el porcentaje de reparto de ingresos de los creadores, que en música es de un 40% para el autor, un 30% para los intérpretes y un 30% para el productor, en libros del 55% para el autor y el 45% para los editores, y en audivisual de un tercio para cada autor intelectual.