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Legalizar habitación en piso compartido

Noticia

¿Quién puede legalizar el contrato de alquiler de una habitación en un piso compartido?

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Entendemos que por "legalizar" se referirá a la formalización de contrato de arrendamiento de habitación, para uso de vivienda o uso diferente de vivienda. En dicho caso, cualquiera de las partes puede compelerse recíprocamente a su formalización, tal y como estipula el artículo 37 de la vigente Ley de arrendamientos urbanos.

"Artículo 37. Formalización del arrendamiento.

Las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento. En este caso, se hará constar la identidad de los contratantes, la identificación de la finca arrendada, la duración pactada, la renta inicial del contrato y las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado."


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