El respaldo de los embajadores de los Veintisiete supone un paso previo a la adopción definitiva del texto, que llega tras años de negociaciones y revisa las reglas actuales para aclarar qué Estado miembro es responsable de pagar prestaciones como el paro, las ayudas familiares o los cuidados de larga duración cuando una persona vive o trabaja en más de un país de la Unión.
Entre otras cosas, la reforma fija criterios más concretos para los casos de desempleo y establece que, tras un periodo mínimo de cotización de 22 semanas, el país donde se ha trabajado será el competente para abonar la prestación.
Además, amplía de tres a seis meses el periodo durante el cual un trabajador puede seguir percibiendo el paro de su país al trasladarse a otro Estado miembro para buscar empleo, con posibilidad de prórroga.
Estas nuevas disposiciones pretenden evitar que el coste recaiga en países en los que el trabajador no ha contribuido al sistema, al tiempo que garantizan un reparto más equilibrado de las cargas entre administraciones.
El texto incorpora también un marco común para coordinar las prestaciones de cuidados de larga duración entre países y refuerza la seguridad jurídica en este ámbito mediante la introducción de una definición específica y una lista de prestaciones cubiertas, que serán evaluadas por la Comisión Europea tres años después de su entrada en vigor.
Asimismo, el acuerdo aclara el reparto de las prestaciones familiares en situaciones en las que padres e hijos residen o trabajan en distintos países de la UE, garantizando su cobro aunque los menores vivan en otro Estado miembro y precisando qué ayudas están ligadas a la pérdida de ingresos por cuidado y cuáles no.
El texto delimita también los supuestos en los que los Estados pueden restringir el acceso a determinadas prestaciones sociales a ciudadanos de la UE que no tienen actividad laboral, en línea con la jurisprudencia reciente.
En relación con los trabajadores desplazados, se mantiene la obligación de comunicación previa por parte de las empresas, aunque se introducen excepciones para desplazamientos muy breves -de hasta tres días en un periodo de 30-, que no serán de aplicación en sectores como la construcción.
También revisa algunos de los criterios utilizados para determinar la actividad en varios países y precisar qué legislación nacional es aplicable, con el fin de simplificar su aplicación.
Por último, el pacto incluye mejoras en la cooperación entre autoridades nacionales, refuerza el intercambio de información y apuesta por una mayor digitalización de los procedimientos, con el objetivo de agilizar los trámites tanto para trabajadores como para empresas.