En el Congreso, que ha contado con la colaboración del Consejo Andaluz de Colegios de Economistas y los Colegios de Economistas y de Titulares Mercantiles de Almería, se han analizado y debatido los problemas de las pequeñas y medianas firmas de auditoría.
Los auditores del Consejo General de Economistas aprovecharon este evento no solo para hacer un diagnóstico de la problemática actual de los pequeños y medianos despachos de auditoría, sino también para proponer una serie de medidas que permitan a éstos concurrir en el mercado en condiciones de competitividad y sin trabas que dificulten su acceso al mismo.
El acceso de las pymes de auditoría a los sistemas de contratación pública fue la primera de las cuestiones que fueron objeto de diagnóstico por parte del REA+REGA Corporación de Auditores. El debate se inició con la puesta en conocimiento de los asistentes de la publicación en el BOE, el pasado 31 de julio, de un anuncio de licitación del servicio de auditoría para una empresa municipal de transportes, en cuyo pliego de condiciones administrativas se exige a los licitadores acreditar una facturación mínima en los tres últimos ejercicios de 25 millones de euros, cuando el presupuesto máximo de licitación es de 75.000 euros por los tres años.
Este caso se viene a sumar a otros muchos producidos con anterioridad, como ocurrió en 2012 en el proceso de selección de auditores para Correos, del que quedaban excluidas la firmas con ingresos inferiores a 50 millones de euros.
El artículo 1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece que su objeto es "regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones (...) y no discriminación e igualdad de trato de los candidatos". Es por ello, que el REA+REGA Corporación de Auditores considera que exigir una cifra de negocio desorbitada o un excesivo volumen de capital social es una práctica que debería corregirse porque atenta contra la libre competencia. Según los economistas auditores, en las licitaciones deben prevalecer los criterios técnicos –máxime en una actividad tan regulada y supervisada como la auditoría de cuentas–, tal como establece el citado Real Decreto Legislativo.
A este respecto, Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas, señaló que "no es admisible la discriminación en función del tamaño del auditor". A lo que añadió: "sería necesario un replanteamiento de la Ley de Contratos de Sector Público para clarificar las reglas del juego y que las administraciones públicas no establezcan cortapisas a la contratación de auditores en función de un excesivo volumen de facturación solo accesible a unas pocas firmas de auditoría". Por último, comentó que, "desde el REA+REGA estaremos pendientes de los detalles del contrato para las auditorías externas del ICO, de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y de Adif, que acaba de licitar la Intervención General de Estado.
El REA+REGA Corporación de Auditores también fue muy crítico con el Reglamento de la Ley de auditoría que, entienden, ha puesto más trabas a la actividad del pequeño y mediano auditor en un mercado que –recordaron– está copado por cuatro grandes firmas que aglutinan el 80% de la facturación de todo el sector.
Los economistas auditores aprovecharon la asistencia al Foro de Ana María Martínez-Pina, presidenta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, ICAC, –en cuya intervención anunció que el organismo que preside ya está trabajando en la adaptación del Texto Refundido de la Ley de Auditoría a la normativa comunitaria– para hacer una serie de reivindicaciones. Al hilo de la intervención de la presidenta del ICAC, Carlos Puig de Travy, presidente del REA+REGA apuntó que "la adaptación de la Ley de Auditoría a la Directiva 2014/56/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril, puede ser una magnífica oportunidad para dinamizar el sector de la auditoría y evitar la excesiva concentración".
Tras constatar las deficiencias de la actual normativa española de auditoría en relación a las pymes, el REA+REGA entiende que la nueva Ley de Auditoría debería tener en cuenta una serie de medidas para que los pequeños y medianos auditores no se vean abocados a la desaparición y puedan actuar en el mercado en las mismas condiciones que las grandes firmas, lo que redundaría en un aumento de la competitividad y en un mejor servicio para los usuarios. Entre ellas, destacaron las siguientes:
1.- Deberían prohibirse en los contratos las cláusulas que limiten la libre concurrencia de auditores para su nombramiento en línea con lo establecido en la normativa europea. En este sentido, Valentín Pich señaló: "La libre concurrencia de los operadores de los mercados es uno de los pilares de nuestro sistema económico. En el caso de los servicios de auditoría, la regulación europea es taxativa a este respecto, especialmente en cuanto al nombramiento de auditores de entidades de interés público".
2.- En la nueva Ley de Auditoría debería separarse claramente el capítulo referente a las auditorías de entidades de interés público del de las del resto. Si no se hace así y se equiparan las obligaciones de ambas, podría darse la paradoja de que las primeras –acogiéndose al reglamento europeo que las regula de forma específica– gozaran de exigencias menos estrictas que las segundas. Por otra parte, a la hora de calificar una entidad como de interés público, debería ponderarse más la actividad que ésta desarrolla que el tamaño de la misma. En este sentido, los auditores consideran que los parámetros definidos en el actual Reglamento de la Ley de Auditoría a los efectos de determinar cuándo una entidad debe calificarse de interés público deberían elevarse.
3.- La regulación sobre la independencia del auditor para las auditorías de entidades que no sean de interés público debería adecuarse a la directiva europea que está basada en un enfoque de evaluación de amenazas y aplicación de salvaguardas. En este sentido, debería eliminarse como causa de incompatibilidad la concentración de honorarios para este tipo de entidades, y ajustar algunos conceptos como "conflicto de intereses", "familiares próximos" y "red de auditoría" a lo establecido en la Directiva.
4.- Los servicios prohibidos para las entidades de interés público no deberían extenderse al resto de entidades.
5.- No deberían introducirse limitaciones a la libertad de asociación de auditores, algo vital para el pequeño y mediano auditor.
6.- En el informe de auditoría sobre estados financieros de entidades que no sean de interés público, no deberían incluirse requisitos adicionales a los exigidos por la Directiva.
7.- Las prohibiciones posteriores a la finalización del trabajo de auditoría en relación con las entidades que no sean de interés público deberían limitarse a un año. Además, el alcance de la prohibición y las personas afectadas deberían ajustarse a la Directiva.
8.- Debería introducirse un régimen simplificado de organización interna de la firma y de su trabajo con respecto a auditorías de pequeñas entidades.
9.- Debería aumentarse el período inicial de contratación y que se fijara entre cuatro y seis años, en lugar de los tres actuales, tal como prevé la Directiva europea.