JUSTICIA

Los jueces que no descansen tras una guardia podrán reclamar una compensación económica

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El Ministerio de Justicia deberá pagar 6.600 euros a un juez por las 33 guardias que efectuó de 2011 a 2103, sin disfrutar de un día de permiso.

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El texto de la sentencia se basa en la normativa europea y en un acuerdo del Conejo General del Poder Judicial de 15 de octubre de 2013 que modificaba el reglamento 1/2005 para aplicar la Directiva europea sobre esta materia, estableciendo pautas relativas a los periodos mínimos de descanso que deben disfrutar todos los trabajadores del sector público y privado, diario y semanal, y también sobre la duración máxima de trabajo semanal.

Según la juez esa Directiva incluye también a los miembros de la carrera judicial, a pesar de que "es el único cuerpo funcionarial que aún no tenía reconocido de forma general este descanso tras la finalización del servicio de guardia".

La sentencia hace constar además que la jornada de los jueces "no sólo no está siempre establecida previamente, sino que en numerosas ocasiones se prolonga por exigencia de su propio régimen jurídico, mediante la prestación del servicio de guardia".

Jueces instructores

Esta sentencia afectará a todos los jueces de Instrucción que no disfrutaron del día saliente de guardia antes del 15 de octubre de 2013, fecha en que se modificó el reglamento para reconocer el derecho de los jueces a disfrutar de un día de permiso tras la guardia.