Medidas laborales y de Seguridad Social
Se podrá solicitar el aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo tenga lugar entre los meses de marzo a mayo de 2022, para las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios y entre los meses de abril a junio de 2022, para los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
Se reduce el número de jornadas de 35 a 20 para que las personas trabajadoras agrarios eventuales, en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura, puedan acogerse al subsidio de desempleo y la renta agraria, dada la afección de esta situación.
Se modifica el art. 2 RD 864/2006, de 14 de julio, para la mejora del sistema de protección por desempleo de los trabajadores agrarios, a fin de proceder a una equiparación plena entre la contratación como fijo discontinuo y la contratación eventual, a los efectos de acceso y determinación del derecho al subsidio para trabajadores eventuales agrarios y a la renta agraria.
También se elimina el último inciso de la letra b) de dicho artículo, a fin de equiparar el tratamiento a efectos de rentas de los ingresos derivados del trabajo eventual y del trabajo fijo discontinuo.
Medidas fiscales
La reducción prevista en la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, será del 20 por ciento para las actividades incluidas en el anexo I de la citada orden.
Se concede la exención del IBI correspondiente al ejercicio 2022 a favor de los bienes inmuebles rústicos que estén afectos a la explotación y se haya sufrido en el ejercicio inmediato anterior al de aplicación de esta exención, pérdidas de ingresos en las mismas de, al menos, un 20 por ciento con respecto a los últimos tres años.
Medidas destinadas a la sostenibilidad de las explotaciones
Se complementa la acción de los seguros agrarios en orden a minorar las consecuencias en la economía de las explotaciones agrarias afectadas.
Se prevé la mejora en la dotación del Plan de Seguros Agrarios Combinados como primer mecanismo de respuesta ante la grave situación.
Se dispone la creación de una línea de financiación que prevé la concesión de créditos bonificados, no reembolsables, y ciertas actuaciones en relación con la Política Agrícola Común (PAC).
Medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir y en la cuenca hidrográfica del Guadiana
Con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, se autoriza a la Comisión Permanente de Sequía para proponer la modificación temporal de las condiciones de utilización del dominio público hidráulico, cualquiera que sea el título legal que haya dado lugar a esa utilización, pudiendo, entre otras cosas, establecer las reducciones de suministro de agua necesarias para la justa y racional distribución de los recursos disponibles, limitando los derechos concesionales a esas dotaciones.
Por su parte, las exenciones del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua regulados en el artículo 114.1 y 2 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, se aplicarán a las campañas de riego de los años 2021 y 2022.