Acordadas a consecuencia de la XXV Conferencia de Presidentes celebrada telemáticamente desde el Senado el miércoles 22 de diciembre

Medidas urgentes de prevención y contención de la COVID-19

Noticia

El Consejo de Ministros extraordinario ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID que establece el uso obligatorio de la mascarilla en exteriores, con independencia de la distancia de seguridad.

Suministro de mascarillas

Este acuerdo, consecuencia de la XXV Conferencia de Presidentes celebrada telemáticamente desde el Senado el miércoles 22 de diciembre, viene motivado por el cambio de situación en relación a la pandemia provocada por la COVID-19, con un incremento de contagios en toda Europa y en el resto del mundo y el surgimiento de la variante la Ómicron.

Este Real Decreto-ley modifica el artículo 6 de la ley 2/21 y recupera la obligatoriedad del uso de la mascarilla en espacios exteriores, en personas mayores de 6 años, en espacios al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público, para contribuir a la reducción de la transmisión comunitaria del virus, dada la capacidad de las mascarillas para bloquear la emisión y recepción de aerosoles.

Se trata de una medida de carácter temporal, que estará vigente durante el tiempo imprescindible hasta que mejore la situación epidemiológica actual.

Según lo dispuesto en el Real Decreto-ley, volverá a ser obligatorio llevar mascarillas al aire libre o en espacios abiertos, salvo que se practique deporte individual o cuando se esté en espacios naturales, durante la realización de actividades de carácter no deportivo, siempre que se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

Consecuentemente, seguirá siendo obligatorio llevar la mascarilla en espacios cerrados de uso público, en espacios cerrados abiertos al público, en los medios de transporte público de cualquier tipo, así como privado complementario de hasta 9 plazas, si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.

Por otro lado, la mascarilla no será obligatoria para pasajeros de buques en su camarote, así como en aquellos espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencias de los colectivos que allí se reúnen; entre estos, instituciones de personas mayores, instituciones de atención a personas de diversidad funcional, y dependencias destinadas a personas que sean trabajadores esenciales.

Como requisito a esta exención, que no será aplicable a los trabajadores ni a los visitantes a estos centros, se establece tener coberturas vacunales con pauta completa superior al 80% y la dosis de refuerzo.

Refuerzo de los recursos humanos del SNS
Por otro lado, este Real Decreto Ley también desarrolla dos medidas extraordinarias y transitorias, por un plazo de 12 meses, hasta el 31 de diciembre de 2022, para garantizar las necesidades adicionales de profesionales sanitarios.

Por un lado, se habilita a los centros sanitarios públicos y privados a la contratación de profesionales de la medicina y de la enfermería para la realización de actividades asistenciales relacionadas con la COVID, manteniendo las prestaciones de jubilación, a la vez que se garantizan los derechos de las personas jubiladas.

Por otro, se habilita la contratación, de forma excepcional y transitoria, por las Comunidades Autónomas e INGESA y el Ministerio de Defensa, de profesionales sanitarios con título de especialista obtenido en los estados no miembros de la UE que cuenten con un informe del Comité de Evaluación conforme a la normativa aplicable.