Modificación relativa a la carrera y desarrollo profesional del personal investigador
Se diseña un itinerario postdoctoral que conduzca a la incorporación estable de investigadores e investigadoras al sistema y su desarrollo profesional posterior.
Se introduce una nueva modalidad contractual laboral indefinida vinculada al desarrollo de actividades científico-técnicas para todo tipo de personal de investigación en el marco de líneas de investigación definidas.
Entre otros aspectos establece la posibilidad para los organismos financiadores de incluir en sus convocatorias la evaluación de la actividad investigadora desarrollada por personas que, sin haber sido contratadas a través del contrato de acceso de personal investigador doctor, cuenten con experiencia postdoctoral mayor de tres años
Otras medidas que complementan el diseño de la nueva carrera científica son la potenciación de las posibilidades de movilidad del personal investigador y técnico, y un nuevo Plan de ordenación departamental de recursos humanos.
Transferencia de conocimiento
Se pretende potenciar la valoración positiva de la actividad de transferencia en los organismos de investigación y en las universidades, para lo que se actúa sobre la evaluación de la actividad investigadora y sobre los procesos selectivos de personal investigador de los Organismos Públicos de Investigación y en las universidades públicas, para incorporar la actividad de transferencia de conocimiento e innovación junto a la actividad investigadora, académica, o docente.
Refuerzo de la transversalidad de género
Se incluye un conjunto de instrumentos de planificación, estructuras y acciones específicas para erradicar las desigualdades de género en la I+D+I; y, por otro, se asegura la integración de principios y medidas de forma transversal en la ley.