El Real Decreto unifica en un mismo Reglamento el desarrollo de todos los aspectos relacionados con la actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos previstos en las dos leyes de cabecera en esta materia (la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público). Con ello, se logra una importante labor de sistematización y ordenación, con un notable esfuerzo de simplificación de conceptos técnicamente complejos.
El Reglamento profundiza en el objetivo de contar con una Administración Pública digital, moderna, accesible y personalizada a las necesidades de los distintos colectivos sociales. Este Real Decreto consolida la normativa relativa a servicios electrónicos a la ciudadanía y empresas, e impulsa el uso y los beneficios de la digitalización en la Administración.
Por ejemplo, facilitará el avance para que la ciudadanía no tenga que volver a aportar información de la que ya disponga la propia Administración, que pueda consultar las notificaciones en una dirección de notificaciones única y que pueda acceder a un punto único de información a través del PAGe (Punto de Acceso General electrónico).
El Reglamento dota a España del marco regulatorio imprescindible para afrontar los grandes desafíos que plantean la evolución de tecnologías disruptivas, su aplicación a la gestión de la información y la ejecución de políticas públicas, los nuevos modelos de relación de ciudadanos y empresas con las Administraciones Públicas y la reutilización eficiente de la información.
Su entrada en vigor, el próximo 2 de abril, eliminará definitivamente la superposición de regímenes jurídicos distintos y facilitará a ciudadanos, empresas y administraciones el desarrollo reglamentario básico en un solo texto, contribuyendo con ello a la seguridad jurídica, que es uno de los objetivos de la norma.
Con la aprobación de este Reglamento se cumple una de las medidas para la transformación digital del sector público incluida en la Agenda España Digital 2025 y con una de la reformas que se contemplan en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia para el primer semestre del año.
España cuenta con una posición muy favorable para abordar la transformación digital y, en lo que concierne a la Administración electrónica, está situada entre los países más avanzados de la Unión Europea, gracias al esfuerzo continuado de las Administraciones Públicas, según refleja el informe DESI de la Comisión Europea.
Principales objetivos
Este reglamento tiene cuatro objetivos principales. En primer lugar, mejorar la eficiencia de la Administración electrónica. Para ello, se facilita el derecho de los ciudadanos a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas; la obligatoriedad de relación electrónica de las personas jurídicas y de algunas categorías de personas físicas; y la tramitación electrónica de los procedimientos como actuación habitual de las Administraciones Públicas.
Las Administraciones contarán con un archivo electrónico de expedientes que correspondan a procedimientos finalizados y todas las notificaciones se realizarán por medios electrónicos salvo que se trate de personas físicas no obligadas a ser notificadas electrónicamente.
El segundo objetivo es que tanto el funcionamiento electrónico interno de la administración como las relaciones de las Administraciones Públicas entre sí se realice electrónicamente. Esto implica la interoperabilidad como principio básico, determinar las condiciones e instrumentos de creación de sedes electrónicas, así como los supuestos de utilización de los sistemas de firma de sello o código seguro de verificación, y los propios sistemas de firma electrónica.
El tercer objetivo es el de incrementar la transparencia de la actuación administrativa y la participación de las personas en la Administración Electrónica. Así, se desarrolla el funcionamiento del Punto de Acceso General electrónico (PAGe), y la Carpeta Ciudadana en el Sector Público Estatal. También se regula el contenido y los servicios mínimos a prestar por las sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas y el funcionamiento de los registros electrónicos.
En cuarto lugar, se busca disponer de servicios digitales fácilmente utilizables y accesibles de modo que se pueda conseguir que la relación del interesado con la Administración sea fácil, intuitiva y efectiva cuando use el canal electrónico.
Impactos positivos
El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos incrementará la seguridad jurídica, así como la predictibilidad de la actuación de las Administraciones Públicas, contribuyendo a mejorar el servicio a los ciudadanos, la imagen institucional de España y la confianza.
El Real Decreto favorece también la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad, dado que los medios electrónicos proporcionan una vía alternativa de comunicación con la Administración.
Asimismo, se refuerza la defensa de derechos individuales. Es el caso del derecho a un acceso rápido, eficaz y eficiente a los servicios públicos a través de los medios electrónicos; el de disponer de unos servicios web de calidad que sean útiles y satisfagan sus necesidades; el de recibir una información transparente y veraz; y, al mismo tiempo, el derecho a preservar la privacidad de los ciudadanos y sus datos personales.
El Reglamento tiene, además, un impacto ambiental positivo al reducir la huella de carbono de la tramitación tradicional en la que se emplea masivamente el papel, la impresión láser y la logística. Frente a esta tramitación tradicional, el presente Real Decreto propone eliminar el papel para la mayoría de los procesos administrativos, algo que permite eliminar la impresión y los procesos logísticos y su consiguiente impacto ambiental.